Este martes comenzará a analizarse el proyecto de reforma de la Ley de Alquileres tras la media sanción otorgada por la Cámara de Diputados la semana pasada. El proyecto tendrá su tratamiento por parte de las Comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda del Senado.
La nueva ley ya tuvo 125 votos en Diputados que le otorgaron el pase a la cámara alta. Esta busca dejar sin curso a la ley de alquileres actual que establece la vigencia de los contratos entre inquilinos y propietarios de tres años, una actualización del monto del contrato cada 12 meses en base a dos índices, entre otras, y cambiarla por una que pretende regir los contratos residenciales a dos años, con una actualización que puede ocurrir cada cuatro y hasta cada 12 meses, bajo una actualización del precio a acordar.
La Comisión de Legislación General será la cabecera en el tratamiento del proyecto y comenzará a trabajar el martes a las 17. La primera tarea será elegir a sus autoridades y al resto de los integrantes. El plenario con la Comisión de Presupuesto y Hacienda para debatir el proyecto sobre alquileres fue fijado para las 18.
El proyecto fue rechazado por 112 diputados, de los cuales 99 fueron aportados por el Frente de Todos (FdT), cuatro por la izquierda, tres libertarios y dos del interbloque Federal; mientras que tres legisladores se abstuvieron de votar (dos socialistas y una legisladora del FdT). Finalmente, obtuvo la aprobación de otros 125 legisladores que pasaron el tema al Senado.

Respecto a las modificaciones entre la antigua y nueva ley, hay tres que resaltan y deberán discutirse:
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"En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a cuatro meses", indica la iniciativa. Actualmente, la ley indica que los valores se actualizan cada 12 meses
Para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”. Con la ley vigente se utiliza el promedio entre el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y de la Remuneración Imponible Promedio de Los Trabajadores Estables (RIPTE)
Los propietarios sufrirán una reforma del régimen de monotributo si tienen tres unidades de explotación: "En el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados" se considere como "una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma