jueves 04 de diciembre de 2025

Para el Jurado "no son culpables" los acusados por el crimen de La Favela

La decisión del jurado público se conoció este viernes, en una jornada que incluyó tensión en la sala durante los alegatos de la defensa.

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El juicio por el crimen de Miguel Heredia tuvo este viernes un desenlace escandaloso en el marco de los alegatos y el veredicto del jurado público que consideró que los acusado no son culpables. De esta forma los dos imputados, por “homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o mas personas agravado por el empleo de arma de fuego”, quedarían en libertad en las próximas horas, previa verificación que no tengan impedimento para ello.

Como ya venía informando 0221.com.ar, las audiencias se venían realizando durante toda la semana en el Tribunal Oral y Criminal N° 5, a cargo de Carmen Palacios Arias. Allí se abordaba lo ocurrido con el joven de 21 años que fue asesinado en la localidad de Tolosa en marzo del año 2018. Los acusados eran Juan Domingo Talerico y Claudio Alexis Torres, a quienes  se sindicaba como autores del disparo que terminó con la vida del joven en el barrio La Favela en Tolosa.

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Como ya se informó, el hecho por el cual lo acusados fueron considerados como no culpables por el jurado público. fue investigado por la fiscal Virginia Bravo, titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 7 de La Plata. Al requerir la elevación a juicio de la causa, aseveró que "el día 13 de marzo de 2018, siendo aproximadamente las 03:00 horas en calle 525 entre 17 y 18 de La Plata, en inmediaciones de la Plaza Barrio Justicia Social, al menos cuatro sujetos de sexo masculino -todos ellos armados-, efectúan múltiples disparos con armas de fuego en dirección a un grupo de personas, entre los que se encontraran Miguel Heredia, Yhoana Andrea Carabajal, Dana Córdoba y Luana Córdoba, quien había tenido problemas previos de violencia con su expareja -uno de los agresores-, alcanzando uno de los disparos a la humanidad de Miguel Heredia a la altura de su cabeza".

La fiscal encuadró el hecho como "homicidio agravado por la premeditación de dos o más personas", delito que tiene a la prisión perpetua como única pena en expectativa. El juicio oral se iba a realizar en el año 2020 pero fue suspendido a causa del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) por la pandemia de coronavirus. Los acusados llevan más de cinco años en prisión preventiva. 

Foto: AGLP

La jueza técnica de este juicio por jurados es Carmen Palacios Arias del Tribunal Oral Criminal V de La Plata. Las defensas están en manos de la defensora oficial Gladys López quien asiste a Torres y de abogado particular Lucas Bianco por Talerico. Por este hecho está prófugo Lionel "Pitín" Torres quien posee antecedentes penales y es hermano de uno de los acusados.

El juicio por jurados es la manera de garantizar la participación ciudadana en la administración de justicia dado que el jurado otorga mayor imparcialidad en la toma de decisión. Esta modalidad de juzgamiento se encuentra plasmada en la Constitución Nacional y en la Provincia de BS AS es la única que ha establecido la posibilidad de que el imputado pueda elegirlo como también renunciar a ello. Son los doce ciudadanos sin conocimiento en el derecho quienes deben decidir por la culpabilidad o no culpabilidad de los imputados. Esta decisión deberá ser unánime, en caso de culpabilidad, por tratarse de delitos que tienen una pena mayor a 15 años. De no arribar a un a cuerdo el jurado tiene posibilidad de votar hasta tres veces para llegar a una decisión.

 

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