Las autoridades nacionales avanzan con la anunciada segmentación de las tarifas de gas y electricidad y este viernes dieron el puntapié inicial para comenzar a definir quiénes podrán mantener los subsidios sobre esos dos servicios públicos y quiénes deberán sufrirán aumentos a raíz de la quita total o parcial del beneficio. Según se dio a conocer este viernes, el porcentaje de ayuda se definirá teniendo en cuenta los ingresos familiares y los bienes con los que cada usuario cuenta.
"El nuevo esquema de subsidios tiene como principal objetivo alcanzar tarifas razonables y justas para el valor de la energía. Esta iniciativa propone una distribución de los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar", se explica en el sitio web que fue habilitado en las últimas horas y a través del que los usuarios ya pueden comenzar a completar el formulario de inscripción necesario para conservar los subsidios.
De esta manera, todos los hogares serán divididos en tres grandes categorías:
1 - Segmento de ingresos altos
Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
-
Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).
-
Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $425.620.
Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
Tener 3 o más inmuebles.
Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.
2 - Segmento de ingresos medios
Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
-
Ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
-
Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
Poseer hasta 2 inmuebles.
-
Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.
3 - Segmento de menores ingresos
Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen alguna de las siguientes condiciones:
Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:
-
Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
-
Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
-
Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
-
Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil (ReNaCOM).
-
Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en ReNaCOM y que los ingresos sean mayores a $99,677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
Según se informó, los interesados en mantener los subsidios deberán ingresar al sitio www.argentina.gob.ar/subsidios o la aplicación Mi Argentina y completar los datos necesarios antes del 1 de agosto, cuando comenzará a regir la nueva segmentación de las tarifas. La portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, informó al respecto que todos los que crean que pueden seguir siendo beneficiados deberán cumplir con ese mecanismo, incluso quienes posean tarifa social.
"Son datos muy sencillos de llenar y van a cruzarse con los que están en poder del Estado; una vez que estén cruzados, se van a empezar a cobrar las tarifas plenas y con los diferentes subsidios según la franja a la que pertenezcan", agregó la funcionaria.
¿CÓMO INSCRIBIRSE?
Hoy sólo pueden ingresar sus datos aquellos potenciales beneficiarios cuyos números de documento terminen entre 0, 1 y 2.
Según indicaron fuentes oficiales, desde este viernes 15 hasta el martes 19 de este mes se podrán inscribir aquellos usuarios cuyo documento finalicen en en 0, 1 y 2, mientras que desde el miércoles 20 al viernes 22 de julio podrán hacerlo quienes tengan documentos terminados en 3, 4 y 5. En tanto quienes cuenten con DNI finalizados en 6, 7 ,8 y 9 podrán inscribirse a partir del sábado 23 y hasta el martes 26 de este mes.
En la página principal, se ingresa haciendo clic en "Completar el Formulario". Antes de continuar, conviene tener a mano el número de servicio o suministro de los servicios para los que se busca solicitar el subsidio del Estado Nacional.
Lo que sigue es un aviso legal. Los datos que se ingresarán tienen carácter de declaración jurada y hay consecuencias legales por falsearlos. También, advierte el Gobierno, al aceptar los términos de la solicitud de subsidio se renuncia al secreto fiscal. "Estás por solicitar los subsidios a los servicios de energía eléctrica y gas natural por red para los usuarios y usuarias residenciales otorgados por el Estado Nacional. Tiene carácter de Declaración Jurada y deberás completarlo sin omitir ni falsear ningún dato. Al aceptar la opción que sigue autorizás al Estado Nacional a verificar la veracidad de toda la información que vas a brindar en fuentes disponibles en organismos tales como AFIP, SINTyS, ANSES, Registros de la Propiedad, entre otros, renunciando expresamente a oponer a esa verificación cualquier secreto previsto legalmente (fiscal, financiero u otro)", dice la advertencia.
Para continuar, es necesario tildar la opción "Acepto que la información declarada tiene carácter de declaración jurada" y hacer clic en "siguiente".