"La decisión judicial es alarmante y sienta un precedente preocupante", sostuvo este sábado el intendente Julio Garro sobre el polémico fallo judicial firmado por el juez federal Alejo Ramos Padilla, quien decidió archivar la causa por la ocupación de los terrenos del ex Club de Planeadores de La Plata en Los Hornos. Se trata de 160 hectáreas pertenecientes a la Agencia Nacional de Bienes del Estado (AABE) en la que hoy viven más de 1.000 familias.
La resolución del Poder Judicial de la Nación se dio a conocer en las últimas horas y generó una gran controversia en la ciudad. Las autoridades comunales no tardaron en salir al cruce del fallo y en, con el jefe comunal a la cabeza, cuestionaron duramente la decisión.
"Solicitamos a la Nación y la Provincia la inmediata intervención, que apelen la medida y que se avance con el desalojo del predio ilegalmente ocupado, que genera un riesgo hídrico para toda la zona", cerró Garro en su propia cuenta de Twitter.
En la Comuna cuestionaron el controvertido fallo y destacaron que la Municipalidad no es parte de la causa porque al ser un predio de propiedad Federal no puede formar parte de la misma, por lo que "son la Provincia y la Nación quienes deben para que la usurpación no siga ampliándose, siendo un gran riesgo para toda la comunidad porque es una zona inundable".
La megatoma comenzó en febrero del 2020, un mes antes del comienzo de la pandemia, y creció exponencialmente con más de 3000 personas viviendo en el lugar. Ante los riesgos hídricos que presentaba esa situación, el Municipio solicitó a la Justicia Federal demoler las viviendas. Nada de ello sucedió.
EL POLÉMICO FALLO
La Justicia Federal decidió archivar en las últimas horas la causa por la megatoma del ex Club de Planeadores de Los Hornos al considerar que no existe delito porque la usurpación se llevó a cabo durante el día. El fallo ya generó una fuerte polémica y las autoridades municipales salieron al cruce de la controvertida decisión, solicitando que se presente de manera urgente una apelación.
De acuerdo con lo expuesto por Ramos Padilla, la causa se archivó "por no constituir delito los hechos que la originaron, según lo prescripto por el artículo 195 segundo párrafo del Código Procesal Penal de la Nación".

En la controvertida decisión del Poder Judicial de la Nación se expone que "al momento de los hechos, el predio se encontraba en estado ocioso y carecía en la gran mayoría de su extensión de un cerco o alambrado perimetral que lo protegiera de posibles intrusiones". "La propiedad en cuestión se trataba de un terreno descampado que adolecía de cualquier elemento de protección para impedir el ingreso de terceras personas-tales como candados, alambrados, cercos, obstáculos o barreras- sobre los que los ocupantes pudieran haber ejercido algún tipo de fuerza o violencia, como medio para consumar el despojo", se agrega.
En ese marco, el Juez sostuvo que "los implicados ingresaron al predio sin que se advierta la adopción de ningún tipo de medida tendiente a denegar o dificultar ese ingreso". Y destacó además que "el ingreso a los terrenos se produjo a plena luz de día -a las 16.15 horas- y que la delimitación informal de lotes con sogas, palos y alambres también ocurrió a la vista de todos".
La Municipalidad había solicitado que las 160 hectáreas pertenecientes a la Agencia Nacional de Bienes del Estado (AABE), ubicadas en terrenos inundables, fueran desalojadas lo antes posible. Por entonces en los terrenos solo había unas 40 familias asentadas, pero hoy se calcula que en esos predios viven más de 1.000. El avance de las viviendas no se detiene y en los últimos meses, incluso, la Comuna denunció la construcción de viviendas de concreto en la zona.

El magistrado le dio relevancia a la propuesta del gobierno de Axel Kicillof, quien acompañado por el de Alberto Fernández; presentó un proyecto de urbanización realizado por la Subsecretaría de Desarrollo y Hábitat con el objetivo de otorgar a las personas asentadas en el lugar la tenencia precaria de las parcelas apropiadas. Ramos Padilla sostuvo además que "las familias que ocupan las parcelas en conflicto no cuentan con posibilidades económicas y políticas públicas de acceso al suelo".

El juez precisó además que la figura legal de la usurpación "exige que el despojo se haya llevado a cabo bajo alguna de las modalidades que prevé la norma, entre ellas, violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad" y destacó, según su interpretación, nada de ello ocurrió. La usurpación fue pacífica, no amenazaron a nadie y como no eran empleados del Estado no se abusó de la confianza de ningún funcionario.