miércoles 15 de enero de 2025

¿Qué locales y comercios están obligados a tener cámaras de seguridad en La Plata?

Hipermercados, boliches, bancos y estaciones de servicio están en la lista. Un proyecto busca subir las sanciones para quienes incumplan la normativa local.

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El oficialismo en el Concejo Deliberante platense busca endurecer las sanciones para los comercios, boliches, bancos y supermercados que no cumplan con la Ordenanza 11.623 que los obliga a instalar cámaras de seguridad y a dejarlas funcionando las 24 horas con el objetivo de ser monitoreadas por el Centro de Monitoreo Municipal (COM) de La Plata y contribuir así al sistema de vigilancia para bajar el delito. ¿Cuáles son los establecimientos que están obligados por la normativa?

La ordenanza, que fue sancionada en 2018 y creó el "Programa de Expansión del Sistema Municipal de Videovigilancia" en La Plata, obliga a "las grandes superficies comerciales y cadenas de distribución comprendidas en la Ley Provincial 12.573, establecimientos de expansión nocturna (boliches, bares, etc.), entidades bancarias y de recursos financieros, centros de consumo y servicios con una superficie mayor a 1.800 m2 y estaciones de servicio" a instalar videocámaras de seguridad que registren el exterior del local durante las 24 horas, con el objetivo de formar parte del programa de monitoreo de seguridad local.

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El cambio que ahora buscan incorporar en la ordenanza está relacionado con las sanciones por el incumplimiento. La normativa actual ya prevé multas, pero el proyecto presentado por el presidente del concejo, Darío Ganduglia, plantea un incremento de los montos además de la clausura temporal del local en cuestión.

El artículo 10 del proyecto ingresado por Juntos dispone "clausura temporal y/o una multa de 200 a 4.000 módulos" para quienes no instalen las cámaras, no cumplan con las condiciones de funcionamiento exigidas en la ordenanza o se nieguen a entregar las imágenes al Municipio. El módulo está fijado en la actualidad en $542,34, es decir que las sanciones económicas irían de los $108.500 hasta los $2.169.360.

Además, ante la falta de captación de imágenes de forma permanente, independientemente de que el local esté abierto o no, también se impondrá "clausura temporal y/o multa de 200 a 2.500 módulos"; es decir, entre $108.000 y $1.355.850.

Por último, el proyecto también incorpora multas para quienes divulguen las imágenes o filmaciones, o las modifiquen o supriman contraviniendo la ordenanza. En estos casos, también se sancionará con clausura temporal o sanción de entre 200 y 4.000 módulos

En los considerandos del proyecto se explica que el objetivo es "solucionar la baja tasa de cumplimiento" de la ordenanza. "Se busca remediar esta problemática mediante la elevación de las penas por causa de la omisión de los deberes impuestos, las cuales actualmente suponen un perjuicio patrimonial ínfimo para los sujetos obligados y, por lo tanto, facilitan el incumplimiento de la normativa vigente", señala el autor de la modificación.

"Mediante este proyecto se busca solventar las problemáticas que impiden el buen manejo del programa creado para así incrementar la videoviligancia y la seguridad de los vecinos de La Plata", concluye.

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