sábado 18 de abril de 2026

¿Cuáles son los siete cortes de carne que el Gobierno prohibió exportar por dos años?

Las autoridades suspendieron el comercio de piezas parrilleras de consumo interno hacia el exterior y liberaron las vacas de conserva hasta fines del 2023.

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El Gobierno nacional, a través de una disposición del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, prohibió por dos años la exportación de siete cortes de carne. Según indica el decreto 911/2021, publicado este lunes en el Boletín Oficial, se suspendió el comercio de piezas parrilleras de consumo masivo interno hacia países del exterior para reservarlo para el mercado local.

En ese sentido, la medida estableció la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2023 de la exportación de asado con o sin hueso, falda, matambre, tapa de asado, nalga, paleta y vacío, al tiempo que la misma determinación se tomó para la exportación de las reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso, cuarto trasero con hueso, medias reses incompletas con hueso y cuartos delanteros incompletos con hueso.

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La cartera de Julián Domínguez oficializó así un paquete de medidas que tiene como objetivo establecer “un marco normativo para la comercialización y exportación ganadera” para 2022 y 2023. Estas disposiciones, consensuadas con las entidades de productores y la industria frigorífica, buscarán dar previsibilidad y confianza al sector, garantizando la producción, la exportación y el consumo.

En tanto, se remarcó que la iniciativa busca “contribuir a generar un equilibrio entre el mercado argentino y la exportación de productos cárnicos” y procura fomentar “el agregado de valor” en la cadena dentro del país, promocionando la producción y el empleo y que se exceptúan de las restricciones a los contingentes arancelarios otorgados por terceros países, como la cuota Hilton o el cupo de exportación a los Estados Unidos.

Asimismo, la cartera de Agricultura, Ganadería y Pesca también liberó este lunes la exportación de carne de vacas de las categorías D y E, y de toro, exceptuando a los siete cortes preferidos señalados; así como en envío de los huesos con carne resultantes del deposte, a través de la resolución 301/21. En esta línea, detallaron que se abrirá durante 60 días el registro de exportadores, los cuales deberán presentar sus Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC) para las cuales se establece un plazo de cinco días hábiles para su aprobación.

Por último, la medida creó el Observatorio de la Producción de la Carne Vacuna, al cual se invitó para su conformación a los representantes de las provincias, las entidades del sector agropecuario, de la industria frigorífica, de engorde a corral, matarifes, abastecedores, productores exportadores y al Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina (IPCVA). Este organismo consultivo tendrá la finalidad de brindad asesoramiento para aumentar la productividad, otorgar previsibilidad y confianza al productor y generar un adecuado ambiente de negocios; al tiempo que analizará la evolución del ganado existente, de la faena y las exportaciones, para proponer políticas públicas para el desarrollo de la ganadería argentina y su cadena de valor.

Finalmente, a través de la resolución conjunta 10/21 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y el de Desarrollo Productivo se determina que las carnes destinadas al comercio minorista interno deberán salir de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kilos, estableciendo plazos de hasta 6 meses para cumplir con tal requisito. De esta forma, se formaliza la prohibición del envió de medias reses a las carnicerías, obligando su troceo en cuartos, tal como se anunció en abril último, con el objeto de hacer más eficiente la cadena de comercialización.

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