miércoles 02 de septiembre de 2026

Condenaron a un abogado de La Plata a indemnizar a sus clientes por no presentar una demanda

Un matrimonio de La Plata lo contrató para iniciar acciones por una presunta mala praxis médica, pero él decidió no avanzar y nunca les avisó de ello.

Un abogado de La Plata fue condenado a pagar $8 millones a un matrimonio que lo contrató para iniciar una demanda por una presunta mala praxis médica, pero él nunca lo hizo. La Justicia entendió que el letrado incumplió su deber de informarles que había decidido no avanzar y que, cuando lo supieron, la acción ya había prescripto.

Se trata de un insólito caso judicial. La pareja recurrió al profesional luego de la muerte de su hija recién nacida. Ambos buscaban evaluar una posible acción civil contra una médica por la atención recibida antes, durante y después del nacimiento. En julio de 2009, los padres le otorgaron al profesional un poder mediante escritura pública y también obtuvieron el beneficio de litigar sin gastos, sin embargo la demanda civil nunca llegó a ser presentada.

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Según reconstruyó el sitio TN.com.ar, entonces la Justicia Penal también inició un expediente a raíz del caso, pero el mismo fue archivado en 2014 luego de que las pericias no encontraran elementos suficientes para atribuir responsabilidad penal al personal médico. Aquella decisión terminó siendo clave: años después, el abogado explicó que tomó la decisión de no iniciar la demanda civil porque, a partir de lo ocurrido en la causa penal, consideraba que las posibilidades de obtener un resultado favorable eran bajas.

La Justicia condenó al abogado a pagar $4 millones a cada uno de los padres

La Justicia condenó al abogado a pagar $4 millones a cada uno de los padres

Para la Justicia la evaluación profesional no constituye por sí misma una falta, sino que el problema fue que el abogado no comunicó su decisión a sus clientes. Los jueces entendieron que, si los padres hubieran conocido oportunamente esa determinación, podrían haber consultado a otro profesional y evaluado otras alternativas antes de que vencieran los plazos legales.

Para la Justicia la evaluación profesional no constituye por sí misma una falta, sino que el problema fue que el abogado no comunicó su decisión a sus clientes

Finalmente, la acción prescribió y el matrimonio quedó sin la posibilidad de recurrir a otro abogado para analizar la viabilidad del reclamo. Así, la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia de primera instancia y consideró que el profesional incumplió los deberes propios de su actividad. El tribunal remarcó que la relación entre un abogado y su cliente no consiste únicamente en presentar escritos o iniciar demandas, sino que también implica informar, actuar con diligencia y mantener al cliente al tanto de aquellas decisiones que puedan afectar su situación judicial.

De acuerdo con los jueces, la falta de comunicación provocó una situación de indefensión y generó un perjuicio que debe ser reparado. Por ese motivo, la indemnización quedó fijada en $4 millones para cada uno de los padres, es decir, $8 millones en total por daño moral.

La Justicia rechazó sin embargo otros reclamos formulados por el matrimonio, como la denominada pérdida de oportunidad, vinculada con haber quedado privados de la posibilidad de llevar adelante la demanda contra la médica. Los jueces consideraron que no existen elementos suficientes para afirmar que aquella eventual demanda hubiera tenido posibilidades concretas de prosperar. Las pericias médicas tampoco permitieron determinar con certeza cómo fue la atención recibida por la paciente, debido a la falta de documentación relevante.

Los jueces entendieron que la falta de comunicación provocó una situación de indefensión y generó un perjuicio que debe ser reparado

Los jueces entendieron que la falta de comunicación provocó una situación de indefensión y generó un perjuicio que debe ser reparado

También fue rechazado el reclamo por daño psicológico. Si bien una pericia detectó consecuencias emocionales en uno de los demandantes, el tribunal entendió que las mismas están vinculadas principalmente con la muerte de su hija y no pueden atribuirse directamente a la actuación del abogado. De esta manera, la condena no se fundamentó en el resultado que podría haber tenido la demanda contra la médica, sino en una conducta concreta del profesional: haber decidido no iniciar la acción y no haber informado a sus clientes antes de que vencieran los plazos legales.

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