martes 15 de octubre de 2024

¿De cuánto es la multa que deberán pagar quienes no votaron este domingo?

La Cámara Nacional Electoral anunció las sanciones que se impondrán si no se cumplió la obligación cívica de votar en las elecciones.

--:--

El contexto de las primeras elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en pandemia obligó a modificar cuestiones relativas al desarrollo de los comicios y, si bien existen multas y un registro de infractores para quienes no concurrieron a votar, también se tuvieron en cuenta ciertos justificativos.

En las elecciones con el nivel de participación más bajo desde 1983 y en el marco de una jornada marcada por las largas filas y demoras para votar debido a los protocolos, la Cámara Nacional Electoral estableció infracciones y excepciones de voto.

Lee además

¿CUÁLES SON LAS MULTAS?

Las personas que no fueron a votar y no justifiquen su ausencia dentro de los próximos 60 días deberán pagar una multa de 50 pesos. De acuerdo a esto, quienes no paguen, quedarán en el registro de infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte.

Además, tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años. En el sitio oficial de https://infractores.padron.gob.ar/ se puede consultar la situación particular de cada ciudadano.

Ahora bien, si uno aparece como infractor pero tiene el troquel que acredita el voto, puede hacer un descargo en el propio sitio para evitar pagar la multa. Sin embargo, si no se puede justificar la falta, el infractor no podrá más que imprimir ahí mismo y pagar en efectivo en las sucursales del Banco Nación, con tarjeta de crédito, a través de transferencia bancaria, en efectivo con boleta de Pago Fácil, RapiPago y otros servicios o con una cuenta virtual.

Las excepciones de voto contempladas por la Cámara tienen que ver con aquellos que tienen COVID-19, aquellas personas que constituyan caso sospechoso o sean contacto estrecho de un caso positivo y aquellos que, por ser grupos de riesgo, tengan expresa indicación médica de no concurrir a votar.

La justificación se podrá hacer con un médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia. Asimismo, si el votante no pudo ejercer su derecho civil por encontrarse a más de 500 kilómetros del su lugar de voto, deberá presentarse en la comisaría más cercana y pedir un certificado que acredite la distancia.

Dejá tu comentario

Las más leídas

Te puede interesar