lunes 23 de marzo de 2026

Postergan por 90 días las elecciones y asambleas de los colegios profesionales

Implica una prórroga de los mandatos vigentes e incluye a las cajas previsionales. No obstante contempla la posibilidad de hacerlo por vía remota.

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El gobierno bonaerense resolvió suspender por 90 días todos los procesos de elecciones y asambleas en las entidades profesionales debido a la pandemia de coronavirus. La medida, firmada en una resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se da en consonancia con la postergación de las PASO y las elecciones legislativas resuelta por el Congreso Nacional. Pero establece la posibilidad de que las entidades lleven adelante esos procedimientos por vías remotas que garanticen una amplia participación.

En La Plata eso tiene implicancias, por ejemplo, en las elecciones pendientes en los Colegios de Médicos y Abogados, las cuales fueron postergadas por sus propias comisiones directivas en los últimos días

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La resolución, firmada por el ministro Julio Alak y publicada este miércoles en el Boletín Oficial, dispone "suspender por el plazo de 90 días la celebración de los procesos electorales, todo tipo de asambleas tanto ordinarias como extraordinarias, como así también todos aquellos actos, acciones preparatorios y plazos procedimentales que resulten necesarios en las Entidades Profesionales de la Provincia de Buenos Aires y sus Cajas Previsionales de la provincia de Buenos Aires".

No obstante, también establece que las entidades podrán llevar adelante los procesos eleccionarios y asambleas en los términos y bajo la forma establecida en el artículo 3° de una resolución anterior (la 334 de 2021), que contempla la posibilidad de hacerlo "en forma remota y no presencial", aunque "deberán garantizar la plena, efectiva y real participación de todos los colegiados o matriculados". La resolución actual agrega como posibilidad el uso de "otras formas que no impliquen en modo alguno la movilización, traslado y/o aglomeración de personas".

"La prórroga implica un estado de excepción único y limitado", agrega en el articulado. Y establece que las autoridades que ejerzan sus mandatos en el periodo prorrogado "deberán hacerlo acorde a sus leyes y reglamentos siendo responsables de todos los efectos del ejercicio de su mandato". Del mismo modo, una vez concluida la suspensión "deberán iniciar o dar continuidad, según corresponda, a los procesos electorales"

Y se prevé que una vez que las elecciones se realicen, los dirigentes electos "ejercerán sus cargos hasta completar los períodos legales teniéndolos como iniciados en la fecha que hubiere correspondido de no haber mediado la prórroga dispuesta por el presente acto administrativo".

En los fundamentos de la decisión, el ministro menciona a la emergencia sanitaria en la Provincia "en virtud de la pandemia causada por el coronavirus". Y recuerda que se trata de una actualización de la situación dado que dos prórrogas por 180 días se dieron en 2020, el primer año de la pandemia. Y menciona que los municipios que integran el aglomerado del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), como el caso de La Plata, han sido incluidos en dentro de la FASE 2, que comprende, entre otras prohibiciones, las actividades y reuniones sociales en espacios cerrados.

"Actualmente no resulta posible la realización de procesos eleccionarios y asambleas en forma presencial, siendo a su vez necesario proteger la salud de las matriculadas y los matriculados (...) al momento de celebración de los correspondientes actos preparatorios y eleccionarios", agrega y recuerda que la Jefatura de Gabinete "recomienda suspender todo tipo de proceso electoral por un plazo no menor a tres meses y vencido el mismo se vuelva a
solicitar intervención de esta área a los fines de evaluar la situación epidemiológica del momento".

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