La Justicia revocó la medida cautelar que había suspendido durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora consideró que un juez no puede dejar sin efecto una norma nacional mediante una resolución provisoria de alcance general.
La decisión dejó sin efecto la orden de la jueza Marta Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2, quien había intervenido ante un hábeas corpus preventivo y colectivo presentado por la Asociación Civil No Seas Pavote, integrante de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, por la situación de adolescentes alcanzados por la normativa.
La cautelar comprendía a jóvenes que ya estaban privados de libertad en territorio bonaerense, aunque el planteo también incluía a quienes pudieran ser aprehendidos, procesados y eventualmente detenidos. La Ley Penal Juvenil amplía el universo de adolescentes punibles al incorporar a personas de 14 y 15 años, eliminar la exclusión de delitos menores y suprimir escalas penales atenuadas.
La Justicia cuestionó la cautelar
Los jueces Miguel Carlos Navascués y Miguel María Alberdi sostuvieron que las leyes sancionadas mediante los mecanismos constitucionales tienen presunción de legitimidad. Según indicaron, una norma solo puede ser neutralizada mediante una declaración de inconstitucionalidad o de inconvencionalidad dentro de un caso concreto y no a través de una medida preventiva con efectos generales.
Marta Pascual había ordenado suspender durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil
Los magistrados señalaron además que la política criminal corresponde a la esfera del Poder Legislativo. En ese sentido, indicaron que los tribunales no pueden evaluar la conveniencia de las normas aprobadas por el Congreso ni evitar su aplicación por considerar que podrían producir consecuencias injustas o inapropiadas. También ordenaron a Pascual revisar con urgencia su competencia en el hábeas corpus.
La Cámara citó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre división de poderes y recordó el precedente "Thomas, Enrique c/ E.N.A. s/ amparo", relacionado con la ley de medios. Según ese criterio, ningún juez puede suspender una ley con efectos generales, incluso cuando la decisión sea adoptada mediante una cautelar.
El tribunal consideró que una resolución de ese alcance modifica el sistema de control de constitucionalidad vigente en Argentina, que funciona sobre casos determinados. Aclaró, sin embargo, que ante un agravamiento concreto de las condiciones de detención de un adolescente, el juez responsable deberá adoptar medidas urgentes y exigir los recursos necesarios para garantizar sus derechos.
El planteo fiscal contra la suspensión
La resolución respondió a una apelación del Ministerio Público Fiscal, que cuestionó los argumentos utilizados para suspender la aplicación de la norma. El organismo sostuvo que la cautelar estaba basada en posibles consecuencias futuras y no acreditaba una afectación ilegal o arbitraria concreta sobre un adolescente determinado que justificara impedir temporalmente la vigencia de la legislación.
La Justicia bonaerense revocó la cautelar que había suspendido la aplicación del nuevo régimen
Pascual había argumentado que los dispositivos bonaerenses de privación de libertad podían no contar con condiciones materiales, institucionales y profesionales suficientes para recibir a más jóvenes. La magistrada entendió que el eventual aumento de detenidos podía provocar una vulneración grave e inminente de derechos fundamentales y sostuvo que no era necesario esperar a que esa situación ocurriera.
La decisión inicial también derivó en una denuncia de la asociación civil Usina de Justicia contra Pascual por los presuntos delitos de usurpación funcional y abuso de autoridad. La entidad consideró que suspender una ley sancionada por el Congreso podía exceder las atribuciones del tribunal y afectar el principio constitucional de división de poderes.
Además, se formalizaron varios pedidos de juicio político contra la jueza ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios. Las presentaciones buscan avanzar con su destitución por presunto mal desempeño y abuso de autoridad luego de la resolución que había impedido temporalmente aplicar el nuevo marco legal en territorio bonaerense.