miércoles 15 de abril de 2026

La eximición de tasas por diez años y los subsidios para comercios pasarán por el Concejo

El intendente elevó los dos proyectos de ordenanzas para beneficiar a quienes generen empleo en la ciudad y a los que tuvieron que cerrar en la pandemia.

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El intendente Julio Garro elevará al Concejo Deliberante las dos ordenanza con las que pretende beneficiar con una eximición de tasas que podría llegar a los diez años a las empresas que radiquen en La Plata y con subsidios reintegrables de hasta 200 mil pesos a los comercios que se vieron afectados por las restricciones que impuso la pandemia de coronavirus, muchos de los cuales tuvieron que bajar su persianas. Una vez que ingresen al cuerpo deliberativo, los proyectos serán discutidos en la Comisión de Hacienda.

Como ya informó 0221.com.arel intendente anunció este martes la creación del plan La Plata Reactiva, que consta de un un paquete de medidas económicas y de alivio fiscal destinadas a ayudar al comercio platense, incentivar las inversiones y la generación de empleo.  “El mejor impuesto que el comercio local puede pagar hoy es mantenerse abierto y creando empleos”, aseguró el Jefe Comunal al realizar el anuncio.

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Horas más tarde se anunció la elevación de esas ideas en formato ordenanza al Concejo Deliberante para que sean los concejales los que den el visto bueno a una idea con la que se buscar la reactivación en la postpandemia. “Hace un año y 3 meses empezó la pandemia. Comercios que cerraron sus puertas, miles de vecinos que se quedaron sin trabajo, sin ingresos para mantener sus familias y una Ciudad entera haciendo un esfuerzo enorme para cuidar lo más importante: la vida de cada uno de los platenses”, justificó el intendente las ideas.

DÉCADA DE EXIMICIÓN

Uno de las ordenanzas establece la creación del "Régimen de Eximición Tributaria para la Inversión Privada", destinado a las nuevas inversiones que deseen instalarse en el Partido de La Plata,. Entre otras cosas contempla la eximición por diez años de tasas, siempre y cuando esos emprendimientos cumplan una serie de condiciones para acceder a esos beneficios.

Entre otras cosas, la ordenanza contempla 21 rubros que serán beneficiados con las medidas. Entre otros aparecen tecnología, energías renovables, diseño, turismo, industrias de distintos tipos, alimentos, farmacia, textil y automotriz. Pero se exceptúa de la eximición a las entidades financieras, las casas de juegos de azar, los súper e hipermercados y las discotecas.

El proyecto oficial establece que el beneficio tendrá una duración máxima de 10 y un mínimo de 2 años, dependiendo del análisis de variables como el agregado de valor, el uso de insumos locales, la incidencia de mano de obra, la investigación y el desarrollo, la competencia, la sustentabilidad ambiental del proceso productivo y la locación estratégica.

Las tasas que serán eximidas total o parcialmente son las de Inspección de Seguridad e Higiene, la de Servicios Urbanos Municipales (SUM), Publicidad y Propaganda, Derechos de Construcción, Tasa por Habilitación, Derechos de Oficina y cualquier otro tributo específico según la actividad de que se trate.

La idea se complementa con la creación de una nueva estructura administrativa para su aplicación, que es la Dirección de Fomento y Seguimiento de Inversiones con el objeto especifico de promover y facilitar la instalación de nuevos desarrollos productivos. Entre otras cosas establece que las empresas alcanzadas por la eximición estarán sujetas a un régimen simplificado de inspecciones que corroboren la continuidad de las condiciones que generaron el beneficio, el cual se perderá si se dejarían de cumplir las condiciones requeridas.

SUBSIDIOS CON REINTEGRO

El segundo proyecto de ordenanza elevado por Garro crea el "Programa Ayuda a Comerciantes Afectados por la Emergencia - COVID-19", destinado a comerciantes, el cual estará estará constituido por un fondo de 30 millones de pesos y que tendrá como destino el otorgamiento de subsidios con reintegro a solicitud de comerciantes locales para la cancelación de deudas contraídas, pago de servicios públicos, sueldos, adquisición de materias primas y todo otro gasto vinculado al giro habitual de su negocio.

La idea contempla una serie de requisitos y características del plan: los beneficiarios deberán tener domicilio fiscal en La Plata, los subsidios tendrán un monto máximo de 200 mil pesos, la cuota máxima de afectación no podrá superar el 30% del monto mensual promedio de facturación, habrá un plazo de gracia de tres meses para comenzar a pagar el reintegro con 20 cuotas como máximo.

En este caso, la iniciativa estipula la documentación necesaria para acceder (formulario de solicitud en el cual constará la descripción del destino de los fondos solicitados, constancia de CUIT y Habilitación Municipal) y las funciones específicas que tendrán las dos área municipales que intervendrán de modo articulado: la Secretaría de Producción y el Ente Municipal de La Plata.

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