La Cámara Federal de Casación Penal consideró que las vejaciones a soldados argentinos cometidas por oficiales durante la guerra de Malvinas 1982 no fueron delitos de lesa humanidad sino delitos comunes. Los magistrados Daniel Petrone y Diego Barroetaveña le dieron la razón a un ex oficial de Ejército en el sentido que se trataron de delitos comunes que ya prescribieron. El fallo podría hacer caer toda la causa que es investigada en el juzgado federal de Río Grande.
Según argumentos, los hechos denunciados no pueden tomarse como crímenes de guerra porque “las presuntas víctimas tenían estado militar y por tanto estaban sometidos a la justicia militar, no resultando ser población civil o grupos perseguidos”, señaló un fallo del máximo tribunal penal antes de la Corte Suprema.
Petrone sostuvo que “se advierte que asiste razón a la defensa en cuanto a que en aquel fallo se ha insistido con una cuestión que fue zanjada por esta Cámara Federal de Casación Penal (en el 2009) en el decisorio reseñado en el punto precedente -el cual se encuentra firme-, al referirse a la categorización que corresponde otorgarle a los hechos por los cuales mediara requerimiento de instrucción por parte del Ministerio Público Fiscal”.
El recurso de casación fue presentado por un ex militar acusado de cometer torturas durante la guerra de Malvinas llamado Jorge Oscar Ferrante, que tenía el cargo de subteniente y había oficiado como jefe de una sección de una compañía.
Además, con el voto mayoritario de Barroetaveña y Petrone le devolvió el expediente a la Federal Cámara de Comodoro Rivadavia “para que dicte una nueva resolución de acuerdo con los lineamientos expuestos en la presente”.

Ferrante fue llamado a indagatoria por las supuestas torturas contra el soldado Julio César Más, quien “habría sido estaqueado entre doce y dieciocho horas y que habría culminado cuando otro conscripto lo liberó durante un bombardeo”.
“La cuestión sometida a inspección casatoria relativa a la categorización de los hechos juzgados en este legajo, fue dirimida por esta Sala –con diferente integración- en la ya citada causa de fecha 13 de noviembre de 2009, sentencia que adquirió́ firmeza tal como expresamente lo puso de relieve el más Alto Tribunal en su ya referenciado pronunciamiento en estos actuados, de fecha 13 de mayo de 2015″, agregó Barroetaveña.

Por su parte, la jueza Ana María Figueroa rechazó el recurso presentado por Ferrante y se manifestó a favor de que se siga investigando. “Conforme el estado procesal de la causa y la totalidad de las constancias glosadas al expediente, se advierte que la decisión cuestionada cuenta con los fundamentos mínimos y necesarios que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido”, explicó.
El fallo podría llevar a la suspensión de las 15 indagatorias previstas desde el 8 de junio al 7 de julio próximos, además de la resolución de la situación procesal del exgeneral de Brigada Omar Edgardo Parada, indagado el pasado 21 de abril, y la elevación a juicio de la causa respecto de los tres primeros procesamientos firmes: el de Miguel Ángel Garde, Belisario Gustavo Affranchino Rumi y Gustavo Adolfo Calderini.
Por su parte, el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (Cecim), que interviene como querellante en la causa, emitió un comunicado en el que criticó el fallo de Casación y consideró que "reproduce conceptos que se dan de patadas con las obligaciones que la República Argentina ha asumido", además de ser "arbitrario, infundado, despótico, contrario al derecho internacional, multiplicador de prejuicios y revictimizante".

La Cámara de Casación Penal, con otra integración diferente de la actual, ya había dictado una resolución en 2009, considerando que los presuntos estaqueamientos y "enterramientos" de soldados durante el conflicto bélico de 1982 no podían ser clasificados como delitos de lesa humanidad porque no formaban parte de un plan sistemático del Estado.
La medida benefició a Jorge Eduardo Taranto, un exsubteniente del Regimiento 5 de Paso de los Libres, a quien señalaban como partícipe de cinco hechos de torturas a los soldados Edgardo Oscar Arnoldo, Daniel Mártires González, Gustavo Andrés Nadal, Rosendo Prado y Juan de la Cruz Martins. Taranto fue sobreseído en 2010 por prescripción de la acción penal.
El fallo de Casación no fue apelado ni por la Fiscalía ni por las querellas y se consideró firme, mientras que, por ese motivo, la Corte Suprema de Justicia rechazó su revisión en 2015 y el caso fue planteado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.