miércoles 12 de febrero de 2025

Prohibieron en todo el país dos aceites, un queso sardo y hasta una pasta de legumbres

Así lo decidió la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) tras descubrir serias irregularidades.

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A través de cuatro disposiciones publicadas en el Boletín Oficial de la Nación, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la la venta de dos marcas de aceite, una de queso sardo y una pasta de legumbres.

Mediante la Disposición Nº 3387/2021, ordenó retirar del mercado el aceite prensado de girasol "marca Yenie, elaborado por: RNE 00-037488 RNPA 053-00-004988”, por “carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes". Tras una investigación se logró comprobar que no tiene antecedentes en la base de datos del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).

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Por otra parte, mediante la Disposición Nº 3386/2021 se prohibió el "Aceite de oliva Extra Virgen, marca Morena, elaborado y envasado por M. Bustos S.A., RNE N° 12004618, RNPA N° 12007250, Ruta Nac.74 Km 1198, Industria Argentina". Fue por "carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia productos ilegales".

El organismo también publicó la Disposición Nº3385/2021 y prohibió la comercialización del queso sardo argentino marca "La María, RNPA N° 080068760, RNE N° 08000708, Venta al peso, Disque SRL, Colonia Brugo, Dpto Paraná, Entre Ríos", debido a "estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE dado de baja y un RNPA inexistentes". Un programa de monitoreo de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) de la provincia de Santa Fe, estableció "el Alerta Alimentaria N° 03/2021, categorizada como Clase I, a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país y a la población en general", luego de comprobar que "el RNE se encuentra dado de baja desde el 30/01/2018 y el RNPA es inexistente".

Una cuarta disposición publicada hoy, la Nº 3384/2021, prohibió "la comercialización en todo el territorio nacional" de la pasta de legumbres lenteja chía cornetti, marca "Wakas Gluten Free", RNPA 02- 613142, lote 305 - fecha de vencimiento: 31/10/21, elaborado por RNE 02-035204. El producto fue retirado del mercado por tener en el envase el símbolo "SIN TACC", que distingue a aquellos productos que son aptos para celiaco, pero "estar contaminado al contener mayor cantidad de gluten que la permitida".

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