miércoles 22 de abril de 2026

Las 7 claves de los cambios que aprobó Diputados sobre el Impuesto a las Ganancias

El proyecto recibió media sanción y ahora pasó al Senado. Comenzarán a tributarse a partir de un sueldo bruto de $150.000 y el aguinaldo queda exento

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En las últimas horas, y tras una debate maratónico, la iniciativa para cambiar la ley de Impuestos a las Ganancias recibió el visto bueno por parte de los Diputados y ahora deberá ser analizada por el Senado y proceder así a su aprobación.  

Los impulsores oficialistas de esta nueva ley, destacaron que los puntos principales sobre los que reposan los cambios son dos: un nuevo piso de ingresos de trabajadores en relación de dependencia a partir del cual se está sujeto al tributo y la reducción del impacto sobre aguinaldos.

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  • NUEVO PISO PARA COMENZAR A PAGAR

Uno de las modificaciones sustanciales es que los trabajadores que cobren entre 150 mil y 173 mil pagarán ganancias, pero la AFIP establecerá las deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos. La actualización del piso para estar exento de ganancias se ajustará por el RIPTE, porque se dejó de lado el reclamo de la oposición de que se ajustara por el Índice de Precios al Consumidor que elabora el Indec.

  • CANTIDAD DE CONTRIBUYENTES BENEFICIADOS

Con esta medida -según los cálculos del oficialismo- beneficiará a 1.267.000 personas, del total de dos millones de asalariados registrados que hoy pagan ese tributo.

  • AGUINALDOS

El impulsor del proyecto, Sergio Massa, escuchó los planteos de la CGT y, tras estudiar las sugerencias incluyó un cambio sobre el Sueldo Anual Complementario. Con la sanción de la Ley se eximirá del pago del tributo a los aguinaldos con base en sueldos de hasta 150 mil pesos.

  • SISTEMA DE DEVOLUCIONES

Como se trata de un impuesto anual será retroactivo al primero de enero, con lo cual se devolverá el dinero que se ha descontando de los salarios en el primer trimestre y se excluirá del cálculo del gravamen el aguinaldo de los que están beneficiados con esta medida.

  • JUBILADOS Y PENSIONADOS

La ley establece que un jubilado, para acceder al beneficio de no pagar Ganancias si gana menos de 8 haberes mínimos ($ 165.000), no puede tener otros ingresos distintos a la de la jubilación. Por caso, si tiene intereses de un plazo fijo pierde el beneficio. Se propone flexibilizar ese punto estableciendo un monto mínimo de ingresos por debajo del cual no se pierde el beneficio.

  • CONCUBINOS

Actualmente la ley permite deducir para el impuesto a las Ganancias solamente al cónyuge. Se ampliará esa deducción al concubino o concubina. Para graficar este impacto, las fuentes mencionaron que en 2018 en la Ciudad de Buenos Aires se verificaron 1.711 uniones convivenciales (13%) y 11.732 matrimonios (87%).

  • ZONA PATAGÓNICA

El proyecto incorporará un artículo que establezca que se mantiene vigente el beneficio del 22% adicional para la zona Patagónica. Esto beneficia a cerca de 83.500 empleados y jubilados que pagarán el impuesto en esta zona, pero con una menor carga tributaria.

En este contexto y con la media sanción dada por la Cámara de Diputados, ahora el proyecto pasará al Senado para darle una sanción definitiva y comenzar a aplicar una ley que generó mucha controversia desde sus inicios. 

 

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