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¿Cómo se justificará la ausencia al trabajo el día de la vacunación?

Se publicó la resolución que respalda a los trabajadores que tengan que faltar a sus puestos laborales para concurrir a inmunizarse.

El Gobierno nacional dispuso que cualquier trabajador podrá ausentarse de su puesto laboral el día que tenga que ir a vacunarse. La medida fue anunciada a través de la Resolución 92/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

El documento, firmado por el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni, detalla cómo será el procedimiento en este tipo de casos. Lo hizo en medio de la campaña de inmunización que avanza a medida que llegan las diferentes dosis al país.

El primer artículo de esta norma estableció que “será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto”.

Y bastará con presentar “la constancia de la aplicación” para acreditar las razones de la ausencia, siempre que se cuente con la “previa autorización del empleador”

Entre los considerandos de la Resolución publicada este viernes, el Gobierno señaló que “el desarrollo y despliegue de una vacuna segura y eficaz para prevenir el COVID-19 es determinante para lograr controlar el desarrollo de la enfermedad, ya sea disminuyendo la morbimortalidad o bien la transmisión del virus”.

Además, se remarcó que “el Estado Nacional fomenta la aplicación” de estas dosis, siempre que sean “recomendadas por la autoridad sanitaria”, por lo que resulta “necesario justificar la inasistencia laboral de las trabajadoras y los trabajadores que obtengan turno para inocularse, sin que ello produzca pérdida o disminución de sueldos y/o premios por presentismo”.

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