Benicio es el séptimo hijo varón de Soledad Villamayor, una berissense de 38 años que fue mamá por séptima vez el pasado jueves a la noche, en el hospital Policlínico San Martín de La Plata.
Benicio es el séptimo hijo varón de Soledad Villamayor, una berissense de 38 años que fue mamá por séptima vez el pasado jueves a la noche, en el hospital Policlínico San Martín de La Plata.
Según contó la mujer en diálogo con Infocielo, el parto fue normal y el bebé pesó 3 kilos y 350 gramos cuando nació esa noche a las 22.39, en la sala 12 bis del hospital ubicado en 1 esquina 70.

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Tras días de tensión por el regreso del menor acusado por el crimen de Kim Gómez a la Escuela N° 41 de Abasto, se confirmó que seguirá con clases virtuales.
Soledad fue acompañada por la licenciada Carolina Bustamante y un enfermero del establecimiento llamado Daniel. Este nacimiento indica que Alberto Fernández pasará a tener un nuevo ahijado: por tradición, enmarcada en la ley 20.843, el bebé debería ser apadrinado por el presidente en funciones al momento de su nacimiento.
Es que Benicio es el séptimo de todos hijos varones, y la costumbre lo habilita para obtener el beneficio de la ley promulgada en 1974. Apenas resta que la Presidencia se entere de la situación, que ya tuvo innumerables antecedentes luego de que la ley entrara en vigencia hace casi 50 años.
Villamayor fue primeriza a sus 17 años, y su hijo más grande ya tiene 21 años. Benicio será el hijo que obtenga beneficios por parte de la Presidencia, ya que la ley de Padrinazgo Presidencial prevé que "t oda persona, cualquiera sea su edad, que haya sido apadrinada por el titular del Poder Ejecutivo, tendrá derecho a que el Estado nacional le asegure la realización gratuita de los estudios de nivel primario, secundario, universitario o especial que curse en establecimientos educativos oficiales".
La ley autoriza al Poder Ejecutivo a invertir la suma anual necesaria para otorgar las becas de estudio, contemplando la provisión de libros, útiles y "todo aquello que sea inherente al alojamiento, alimentación y recreación del becario".
La normativa en ningún momento consigna que el apadrinado deba ser el séptimo hijo varón o mujer, ya que esto se ha transformado en una tradición.
La misma nació de un decreto presidencial de 1973, que mencionaba y contemplaba esa situación, aunque luego fue superado con la ley de padrinazgo, menos específica en cuanto a la maternidad se séptimos hijos pero más detallada en sus beneficios.