domingo 05 de abril de 2026

ANSES arranca con el pago de $32.000 a un grupo de mujeres: ¿quiénes pueden cobrarlo?

La asistencia está orientada a mujeres y personas del colectvio LGBTI. Cómo se accede y con qué requisitos.

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció que durante el mes de enero pagará un plan de $32.000 destinado a un grupo de beneficiarios en especial. Se trata del Programa Acompañar, que encabeza en conjunto con el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y prevé una asistencia económica y de acompañamiento integral para mujeres y personas LGBTI en situación de violencia de género.

El organismo que conduce Fernanda Raverta indicó que no se precisa documento de denuncia por violencia de género para acceder al beneficio y destacó que pueden cobrarlo todas las mujeres y personas LGBTI en situación de violencia de género, el único requisito es tener desde 18 hasta 65 años.

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El monto del programa Acompañar es equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil y se paga por seis meses consecutivos. De esta manera, en enero las beneficiarias de la asistencia accederán a $32.000 y en febrero, con el aumento del salario mínimo, alcanzarán los $33.000.

No es necesario realizar inscripción online y para acceder al programa solo necesario acercarse a la unidad de acompañamiento más cercana. Las interesadas podrán conocer dónde se encuentran esas dependencias ingresando a www.argentina.gob.ar/generos/unidades-del-programa-acompanar y utilizando el buscador para dar con la más cercana al domicilio propio.  

Las interesadas también pueden comunicarse a la Línea 144, escribir al WhatsApp 11 2771-6463 o por mail a [email protected].

Además, el Programa Acompañar es compatible con:

  • Asignación Universal por hijo. 

  • Asignación Universal por Embarazo para Protección Social. 

  • Asignación por hijo con discapacidad. 

  • Monotributo Social. 

  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. 

En tanto que es incompatible con: 

  • Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social). 

  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional. 

  • Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

  • Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016. 

  • Prestación por desempleo. 

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