jueves 28 de marzo de 2024

La Suprema Corte rechazó el planteo del Pata Medina pero tendrá otra chance en Casación

La Suprema Corte provincial rechazó un planteo de su defensa, pero señaló que esa negativa no es definitiva y ahora debe resolver Casación.

--:--

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires (SCJBA) rechazó un planteo de la defensa del exsindicalista de UOCRA La Plata, Juan Pablo "Pata" Medina, pero le dejó una puerta abierta para un nuevo pleito judicial en el que no está nada dicho. Se trata de la respuesta al planteo de la defensa contra una resolución de la Corte que revocó la sentencia de una sala de Tribunal de Casación bonaerense que los había absuelto en una causa por "compeler a la huelga" a un grupo de trabajadores en La Plata.

El defensor del sindicalista presentó un recurso para llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) pero el tribunal provincial lo rechazó, aunque indicó que no es definitivo ya que Casación provincial todavía debe expedirse nuevamente sobre la acusación por la que Medina fue absuelto. Como se informó la Corte provincial ordenó que otra sala de Casación se expida nuevamente.

Lee además

El defensor de Medina, César Albarracín, le dijo a 0221.com.ar que "la Corte dice que no es definitivo, a partir de ahí quedó habilitado para discutir todo en las distintas instancias" y aclaró que "ahora tendrá que volver a analizar el recurso el tribunal de Casación y lo que resuelva, si es negativo, recurriré a la Corte, queda un largo camino". Cabe señalar que el exdirigente gremial técnicamente es inocente, ya que no tiene vigente ninguna condena firme en su haber, aunque es una persona que está siendo sometida a procesos penales.

LA CAUSA

El caso comenzó en 2017 cuando Medina -el año que fue detenido por "lavado de activos y asociación ilícita" por el que cumple prisión domiciliaria- fue acusado de obligar a hacer huelga a un grupo de albañiles en cinco obras realizadas por la constructora ABES en la ciudad de La Plata.

Luego, en un juicio abreviado se arrepintió de esa acción, aceptó las acusaciones y el Tribunal Oral Criminal (TOC) V de La Plata lo encontró culpable y lo condenó a 11 meses de prisión. Medina apeló el fallo en Casación y la justicia le dio la razón, por entender que no hubo tal delito de "compulsión a la huelga" es decir "obligar a los trabajadores a parar" las obras, pero esa decisión fue revocada por la Suprema Corte provincial.

En el expediente la defensa sostiene que el excacique gremial es un perseguido político por pertenecer al “ala dura” del sindicalismo argentino.

"Mi defendido es un reconocido dirigente sindical que fue reiteradamente perseguido por distintos gobiernos. Tiene actualmente 68 años y, no obstante las múltiples persecuciones que padeció a lo largo de su vida, no cuenta con un solo antecedente condenatorio. En el presente proceso permaneció dos años y tres meses en prisión preventiva", se detalla en el documento judicial al que accedió 0221.com.ar. En otro pasaje del recurso Albarracín sostiene: "La Suprema Corte estimó ‘llamativo’ que la Fiscalía de juicio haya acordado un abreviado por una calificación menor que la que había sostenido el Fiscal de Instrucción, sin advertir que -en rigor- la imputación y encarcelamiento de Medina no derivaba del análisis objetivo de las constancias del expediente, sino de presiones políticas claramente ejercidas sobre funcionarios judiciales".

LAS CRÍTICAS POLÍTICAS

En uno de los tramos más políticos de planteo judicial la defensa aclara que “a nadie escapa que mi defendido es uno de los dirigentes gremiales más importantes de la República, no sólo por su trayectoria al frente de la UOCRA Seccional La Plata, que lidera ininterrumpidamente desde el año 1997, sino también por representar el denominada ala dura del sindicalismo, caracterizado en rigor por el fiel cumplimiento del mandato de los trabajadores y la defensa irrestricta de sus intereses”.

En su análisis recordó que en el año 2001, Medina fue detenido por el supuesto delito de coacción agravada. "En ese momento, gobernaba una ‘Alianza’ de extracción liberal" y la ministra de Trabajo de la Nación "era la Sra. Patricia Bullrich" quien "luego diría públicamente que fue ella quien ‘metió preso al Pata Medina’", recordó el abogado. En aquel entonces estuvo casi tres meses en prisión preventiva. "La detención se produjo el 18 de septiembre de 2001, esto es, poco menos de un mes antes de las elecciones de medio término, que estaban previstas para el 14 de octubre. Concretamente, veintiséis (26) días antes de las elecciones. Al tiempo, se dispuso la falta de mérito de Medina y, finalmente, su sobreseimiento, por interpretarse que los hechos denunciados –análogos a los que motivan el presente proceso- no constituían delito alguno y, por el contrario, importaban el ejercicio regular de las facultades sindicales", remarcó el defensor.

"El año 2017 las elecciones de medio término estaban previstas para el 22 de octubre. Otra vez gobernaba una ‘Alianza Liberal’. La Sra. Bullrich era nuevamente Ministra, ahora en el área de Seguridad. El 26 de Septiembre Medina fue detenido por ‘orden’ del Juez Federal de Quilmes. Ese mismo día fue detenido, por el mismo presunto delito, por ‘orden’ del Juzgado de Garantías 2 de La Plata. Otra vez, la detención se produjo precisamente 26 días antes de las elecciones”, graficó Alabarracín y resaltó que el 29 de septiembre de 2017 “se dispuso una nueva detención por el supuesto delito de coacción agravada, acusado de haber expresado que si lo detenían incendiaría la Provincia”, causa en la que Medina fue sobreseído y el juez reconoció que esa acusación fue hecha en base a noticias falsas, es decir, una fake news.

Tras la segunda detención de Medina el entonces presidente de la Nación Mauricio Macri dijo que en la Argentina no había más lugar para comportamientos mafiosos. También la ex gobernadora se refirió en reiteradas oportunidades a los procesos seguidos contra mi defendido, explicando que mientras ella siguiera gobernando Medina iba a seguir preso. “Un dirigente gremial con más de cuarenta años de trayectoria sindical es sometido a prisión dos veces en su vida. Las dos veces en el contexto de gobiernos liberales. Las dos veces por orden o con la anuencia de los máximos responsables de esos gobiernos. Las dos veces pocos días antes de las elecciones de medio término, para ser más precisos, veintiséis (26) días antes de las elecciones”, razonó y recordó la defensa.

Tras recordar todos los días que Medina estuvo preso y los pedidos de libertades o cambio de calificación legal que fueron rechazados en todas las instancias, se solicitó paralelamente la detención domiciliaria. El incidente tramitó durante más de un año y medio y jamás fue resuelto, la defensa preguntó:

  • ¿Cuál sería sino el motivo que ha llevado a la justicia a perseguir exclusivamente al presunto instigador del delito y jamás haber siquiera intentado identificar e imputar a sus posibles autores?

  • ¿Cuál sería sino el motivo que ha llevado a escoger de inicio y sostener durante más de dos años una calificación legal muchos más grave que la que podía admitir razonablemente el hecho denunciado?

  • ¿Cuál sería sino el motivo que ha llevado a negar sistemáticamente cualquier alternativa a la prisión y prolongar durante más de un año el trámite del pedido de prisión domiciliaria?

  • ¿Cuál sería sino el motivo que ha llevado al Tribunal, finalmente, a demorar la admisión del acuerdo de juicio abreviado más de dos meses, en los que mi asistido continuó detenido, para finalmente dictar resolución el 11 de diciembre del 2019?

Dejá tu comentario

Las más leídas

Te puede interesar