Llegó diciembre y, con el fin de año a cuestas, también el medio aguinaldo, llamado legalmente Salario Anual Complementario. El miso se abona este mes y se suma a la primera cuota de este beneficio laboral, que los trabajadores cobran en junio.
Llegó diciembre y, con el fin de año a cuestas, también el medio aguinaldo, llamado legalmente Salario Anual Complementario. El miso se abona este mes y se suma a la primera cuota de este beneficio laboral, que los trabajadores cobran en junio.
Todo lo referente al aguinaldo se encuentra establecido en el capítulo III del título IV de la Ley de Contrato de Trabajo. El Salario Anual Complementario correspondiente a la segunda mitad del año se abona a partir del 18 de diciembre, pudiendo el empleador prorrogar su pago hasta el 23 del último mes del año, el día anterior a Nochebuena.

Cristina Kirchner quedó alcanzada de manera preventiva por una medida cautelar que incluye su departamento de Constitución y otras propiedades.
TECHO lanza durante agosto una campaña nacional de voluntariado orientada a juventudes, con el objetivo de acercar oportunidades concretas de participación.
La ley detalla que el importe que cada trabajador recibe en su medio aguinaldo se configura sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración percibida en los dos semestres que finalizan en junio y diciembre de cada año.
Al mismo tiempo, la norma establece que si en el momento de abonar el aguinaldo semestral la relación laboral del empleado no se extendió todos los meses, corresponde pagarle el proporcional a los meses trabajados. Cabe recordar que la suma del medio aguinaldo se obtiene al tomar el sueldo más alto del segundo semestre del año y dividirlo por la mitad.