Este miércoles el Gobierno nacional dispuso que las operaciones con criptomonedas sean gravadas con el impuesto a los créditos y débitos bancarios, conocido popularmente como el impuesto al cheque. En una modificación al decreto 380/01 se precisó que "las exenciones previstas no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable".
Las exenciones que caben a los operadores de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), (es decir las empresas que se encargan de la integración de los métodos de pago en los comercios electrónicos), ahora dejarán sobre las criptomonedas, aunque en principio la decisión no impactará en forma directa sobre el comprador final.
Según explica el Gobierno en el decreto, la intención es "ser la hoja de ruta para las políticas públicas hacia una economía más tranquila, con más oportunidades para todas y todos, junto con la definición de un sendero fiscal sostenible en el mediano plazo". Además, agregaron que "resulta prudente limitar las exenciones vigentes en el caso de intervenir determinados instrumentos, tales como monedas digitales o similares".
El gravamen aplicará a todo tipo de criptomonedas: ya sean stablecoins (las que están respaldadas en algún activo fijo para reducir el riesgo) o no estables, como el Bitcoin. También están las billeteras virtuales o cuentas recaudadoras de billeteras virtuales, sobre las que se presume que recaerá la aplicación del impuesto: aplicaciones que permiten enviar, recibir y almacenar monedas digitales.
En julio de este año, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un control sobre las operaciones y movimientos con billeteras virtuales. Actualmente, de hecho, las tenencias de criptomonedas forman parte del régimen de información ante el organismo.