La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) informaron en las últimas horas que comenzarán con la entrega de tablets gratuitas a beneficiarios de programas previsionales y de asistencia social, en el marco del programa "Conectando con vos" que se propone que tanto los jubilados y pensionados como otros sectores vulnerables puedan acceder a estos dispositivos y superar el límite que impone la brecha tecnológica. El organismo adelantó además que ya se dispone de unos 140.000 dispositivos cuya entrega se iniciará durante los primeros días de noviembre.
El programa busca promover el acceso a equipamiento que contribuya a la inserción, integración y desarrollo social mediante el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs). La entrega comenzará el próximo mes y la iniciativa también incluye, en caso de ser necesario, una capacitación para su uso.
El único requisito para acceder a las tabletas para jubilados y pensionados es recibir una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM). El resto de los beneficiarios simplemente recibirá uno de los aparatos.
El organismo tiene preparados más de 140.000 dispositivos para ser entregados en coordinación con las jurisdicciones provinciales y municipales. Para evitar que sufran roturas y golpes, están protegidos por un marco de caucho muy resistente. El programa Conectando con Vos del Enacom no cuenta con una instancia de inscripción a través de su sitio web, ya que su aplicación y distribución se realiza de forma articulada con las distintas instancias municipales, provinciales y jurisdiccionales de cada región.
¿QUIÉNES RECIBIRÁN LAS TABLETS?
Una gran cantidad de personas estarán alcanzadas por la nueva medida de la ANSES y el ENACOM:
-
Beneficiarios y beneficiarias de AUH y la AUE, sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar: padre, madre, cónyuge o conviviente.
Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas (PNC) que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el régimen de Monotributo Social, sus hijos, sus hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta menor o igual a 2 SMVM, y también sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 8 años.
-
Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría que tengan un ingreso anual mensualizado que no supere 2 SMVM y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
Usuarios y usuarias que reciban seguro de desempleo y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
Usuarios y usuarias incorporados e incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
Usuarios y usuarias que reciban una beca del programa Progresar.
Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme la Ley 27.098.

-
Asociaciones de Bomberos Voluntarios que sean entes de primer grado y que estén registrados conforme la Ley 25.054.
Entidades de Bien Público como asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones sin fines de lucro en forma directa o indirecta y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que realizan programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).
Beneficiarios y Beneficiarias del Programa CONECTAR IGUALDAD aprobado por el Decreto 459/2010 y sus modificatorios.
Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) creado por el Decreto 358/2017.