Este viernes abrió la inscripción para los créditos "Ampliación" y Construcción" de viviendas, según informaron desde el Ministerio de Hábitat nacional. La primera línea otorgará, por sorteo, 2.000 préstamos por hasta un millón y medio de pesos, mientras que para la construcción se prevén 30.000 créditos de hasta 3,5 millones de pesos.
En el caso del préstamo para "Ampliación", se trata de obras de hasta 30 metros cuadrados en una vivienda existente, como por ejemplo hacer o mejorar un baño, dormitorio, cocina o un garaje, entre otras opciones. La vivienda con la ampliación no podrá computar una superficie mayor a 90 metros cuadrados.
Por otro lado, en el segmento "Construcción", se darán créditos para edificar viviendas de hasta 60 metros cuadrados en un lote obtenido por otra línea de Procrear, municipal o propio siempre y cuando esté escriturado antes del anuncio del actual programa. Sin embargo, quienes no tengan un lote aún, podrán de todas formas aplicar a la línea "Lote con Servicios", que se lanzará a fin de septiembre y en la se sortearán 10.000 lotes y así, de presentar las condiciones crediticias, se podrá articular con esa línea. De esta forma un mismo solicitante podrá gestionar dos préstamos: uno para construir la casa y el otro para obtener el terreno.
Además se informó que para accedera a la línea de construcción, la persona solicitante del crédito deberá tener un ahorro previo de al menos el 30% del valor final del préstamos que solicitará.
REQUISITOS PARA EL CRÉDITO DE AMPLIACIÓN
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Ser de nacionalidad argentina, natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.
Contar con DNI vigente.
El grupo familiar deberá contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos del grupo familiar en forma mensual netos deberán estar en el rango de dos (2) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripción (entre 33.750 y 135 mil pesos).
Tener entre dieciocho (18) y sesenta y cuatro (64) años de edad al momento de la inscripción.
Ser propietario de un inmueble cuya normativa urbanística local permita la ampliación del mismo. Asimismo, la superficie cubierta existente del inmueble no podrá superar los setenta (60) metros cuadrados, y la ampliación proyectada no podrá exceder los noventa (90) metros cuadrados cubiertos de superficie total del inmueble.
- El inmueble presentado de acuerdo a lo estipulado en los puntos 2.1.5 y 7.6.4 de las presentes Bases y Condiciones.
- Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos.
- Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada.
- No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos doce (12) meses.
- No encontrarse inhibido.
- Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA, en los últimos doce meses.
- Registrar, como mínimo, 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados e independientes). En el caso de independientes, la antigüedad se considera desde la fecha de inscripción en el correspondiente régimen.
- Para trabajadores independientes, la antigüedad laboral se establecerá considerando la fecha de inscripción al régimen de Monotributo o Ganancias, según corresponda. Se considera la continuidad laboral de empleados públicos que hayan pasado de una modalidad de contratación (siendo monotributistas) a relación de dependencia o viceversa, durante el último año.
REQUISITOS PARA EL CRÉDITO DE CONSTRUCCIÓN
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Ser argentino, natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.
Contar con DNI vigente.
El grupo familiar deberá contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos del grupo familiar en forma mensual netos deberán estar en el rango de dos (2) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripción (es decir entre $33.750 y $135.000)
Tener entre dieciocho (18) y sesenta y cuatro (64) años de edad al momento de la inscripción.
Ser propietario de un inmueble cuya normativa urbanística local permita la construcción de una vivienda familiar. El terreno sobre el que se asienten las obras debe ser titularidad dominial del solicitante o de su cónyuge o concubino/a. Se admitirán terrenos de titularidad dominial de los padres o hijo de alguno de los solicitantes, en tanto en el mismo se encuentre ya construida una vivienda.
- El inmueble presentado de acuerdo a lo estipulado en los puntos 2.1.5 y 7.6.4 de las presentes Bases y Condiciones.
- Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos.
- Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada.
- No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos doce (12) meses.
- No encontrarse inhibido.
- Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA, en los últimos doce meses.
- Registrar, como mínimo, 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados e independientes). En el caso de independientes, la antigüedad se considera desde la fecha de inscripción en el correspondiente régimen.
- A los efectos de computar la continuidad de la antigüedad laboral, se considerará la fecha de ingreso al empleo anterior siempre que, entre la fecha de ingreso al empleo actual y la fecha de egreso anterior no hayan transcurridos más de 60 (sesenta) días corridos y tenga en el empleo actual al menos 3 (tres) meses de antigüedad.
- Para independientes, la antigüedad laboral se establecerá considerando la fecha de inscripción al régimen de Monotributo o Ganancias, según corresponda. Se considera la continuidad laboral de empleados públicos que hayan pasado de una modalidad de contratación (siendo monotributistas) a relación de dependencia o viceversa, durante el último año.