jueves 17 de julio de 2025

ANSES paga el 50% del salario complementario de trabajadores: ¿cuál es el monto y cómo son los recibos de sueldo?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzará a pagar el Salario Complementario cumpliendo con el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción lanzado por el Gobierno nacional en medio de la cuarentena. El Estado se hará cargo del 50% de los salarios, para ayudar a las empresas en crisis.

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Mientras avanza el coronavirus, la pandemia sigue obligando a los gobiernos de todo el mundo a tomar medidas sanitarias, pero también económicas para hacer frente a la crisis ocasionada por la caída de las actividades por las cuarentenas. 

Para hacerle frente a la crisis, en la Argentina se implementó el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, lanzado por el Gobierno argentino para ayudar a los empresarios a afrontar el sueldo de sus trabajadores y no se produzcan pérdidas de fuentes de trabajo. 

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Según lo dispuesto por las autoridades el próximo jueves 7 y viernes 8, la ANSES pagará el 50% del salario complementario de los trabajadores. Pero... ¿cuál es el monto de esta asignación compensatoria?

Conforme lo estipulan el artículo 2 del decreto 332/20, modificado por el decreto 376/20, este pago será equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020, pero con ciertos recaudos.

El monto no podrá ser inferior al valor de un salario mínimo, vital y móvil ($16.875) ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles ($33.750). Tampoco podrán exceder el total del salario neto correspondiente a ese mes.

Para muchos trabajadores estos números no resultan fáciles de entender, es por eso que hay que tener bien claro cómo se realiza el cálculo y cómo quedaría el recibo final.

Si bien no hay indicaciones acerca de cómo debe quedar expuesto el Salario Complementario en el recibo de haberes, la realidad es que es necesario poner en práctica y llevar a la realidad lo dispuesto por el Decreto. Tomando como ejemplo a los Empleados de Comercio CCT 130/75, la liquidación correspondiente al mes de Abril 2020, sería de esta manera:

A su vez, es importante tener en cuenta cuál es la forma más sencilla para exponer en el recibo la ATP. Lo ideal es restar al total neto el importe que paga la ANSES, figurando así en el recibo el monto que debe abonar el empleador.

Cabe destacar que el decreto establece que el monto de la asignación será equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020 o a recomendación del Comité de evaluación y monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, es que para determinar el salario neto, deberá considerarse como tal la suma equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada en el mes de febrero de 2020 proveniente de las declaraciones juradas presentadas por el empleador.

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