viernes 07 de noviembre de 2025

La causa penal por el trágico recital del Indio Solari en Olavarría se define en La Plata

El expediente se encuentra en el Tribunal de Casación, donde se definirá la causa. Ya pasaron tres años del último recital del Indio Solari.

0221.com.ar | Martín Soler
Por Martín Soler Redactor Judiciales
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La causa en la que se investigan las muertes de Juan Francisco Bulacio y Javier León ocurridas el 11 de marzo de 2017, en el último recital de Indio Solari en Olavarría, tendrá como uno de los escenarios de definición a la ciudad de La Plata. El Fiscal General del Departamento Judicial de Azul apeló el encuadre legal caso dispuesto por el juez de Garantías y confirmado por la Cámara de Apelaciones y Garantías, confirmaron fuentes judiciales a 0221.com.ar.

En el banquillo de los acusados están los hermanos y empresarios Marcos y Matías Peuscovich junto a  Gustavo Zurita, productores con una amplia trayectoria en La Plata que comenzó en el bar Chacal, de 8 y 41.

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El fiscal del caso, David Carballo, solicitó que los procesados sin prisión preventiva sean juzgados por el delito de “estrago doloso”, pero el juez de Garantías Carlos Eduardo Villamarín entendió que se trata de un homicidio culposo y lesiones culposas, encuadre legal que fue compartido por la Cámara de Apelaciones.

Contra esa resolución el Fiscal General de Azul recurrió al Tribunal de Casación bonaerense para determinar cuál es la plataforma legal fáctica que deberá debatirse durante el juicio oral. Si entienden que fue un homicidio culposo y lesiones del mismo calibre, enfrentarán una condena en expectativa de 1 a 5 años de prisión y el debate será en un juzgado Correccional.

Pero si en Casación entienden que se trató de un estrago doloso el caso se agrava, el juicio deberá realizarse ante un Tribunal Oral Criminal, y se enfrentan a una pena de 8 a 20 años de cárcel, situación que depositaría a los acusados tras las rejas ante una eventual condena.

La figura del estrago doloso es la que se utilizó para condenar al empresario Omar Chabán por la tragedia en el boliche Cromañón. Según el Código Penal, comete un estrago quien provoca un daño a gran número de personas.

La lista de lesionados que se logró determinar en la investigación penal preparatoria está integrada por Marcelo Furchini, Gonzalo Acuña, Florencia Montaño Olivar, Gonzalo Scifo, Alexis Arbeloa, Cristina Sánchez, Walter Bru y Alexis Avillano.

EL INDIO, EL INTENDENTE Y LA JUSTICIA

La decisión de eximir de culpas al Indio Solari fue del Juez de Garantías 2 de Olavarría, Carlos Villamarín. En el tramo político de la decisión, el magistrado también ordenó al fiscal de Delitos Especiales de Azul, que "vuelva a enfocar la pesquisa sobre eventuales responsabilidades de la gestión del intendente Ezequiel Galli", ya que "pudo haber cometido faltas en la habilitación del lugar y en la venta de alcohol dentro y fuera", según la resolución a la que en su momento accedió este medio.

“No se advierte la razón por la que no se investigó a los funcionarios municipales, que al menos en dos de las infracciones constatadas tuvieron directa determinación", cuestionó el juez en su resolución.

En su escrito, Villamarín alegó que el predio La Colmena de Olavarría, donde se realizó el recital, "tenía más cantidad de gente que la permitida durante el show de Solari".

"El predio fue habilitado para 155.520 personas y se vendieron 196.032 entradas, mientras que ingresaron en total 243.498 personas, casi duplicando la capacidad permitida", precisó.

El show del 11 de marzo de 2017 fue el último recital en vivo que brindó el ex líder de Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota, y durante el proceso judicial sólo se lo convocó a declarar como testigo.

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