Más de 11,2 millones de personas ya se preinscribieron en la página de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para cobrar los $10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) dispuesto por el Gobierno minimizar el impacto económico de la crisis provocada por la pandemia de coronavirus.
Este miércoles el número de preinscriptos ascendió a 700.309 personas, que se suman a los 10.509.161 anotados entre el viernes y el martes, desde la puesta en marcha del registro. Cuando se anunció el lanzamiento de esta ayuda, el Gobierno calculó que el bono sería entregado aproximadamente a 3,6 millones de hogares. Sin embargo, los inscriptos superan ampliamente ese número.
La Anses confirmó que prorrogó hasta las 23.59 horas del viernes la preinscripción para percibir el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), y ese mismo día comenzará a pagar el beneficio a titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE).
Según datos preliminares, la región del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) concentra la mayor cantidad de beneficiarios que cobrarán el bono por ser titulares de la AUH y AUE, con el 38% del total a nivel país.
Podrán acceder al IFE los argentinos nativos o naturalizados, con una residencia legal en el país no inferior a dos años, y con una edad de entre 18 y 65 años. Cualquiera de las personas que reúna las condiciones sólo podrá acceder al IFE siempre que él o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia público o privado; de ser monotributista de categoría C o superior o del régimen de autónomos.
¿QUIÉNES NO LO COBRARÁN?
El ANSES y AFIP cruzarán información socioeconómica y patrimonial para ir seleccionando a las personas que les abonará este beneficio. A partir de esto, se determinó que no cobrarán los 10 mil pesos los siguientes casos:
-Quienes hayan percibido una suma de ingresos en los últimos seis meses cuyo promedio mensual supere el monto equivalente a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, que actualmente es de 16.875 pesos mensuales, es decir, 33,750 pesos.
-Tampoco cobrarán el IFE las personas que hayan realizado gastos o consumos efectuados con tarjetas de crédito o débito que superen en más del 70% de los ingresos calculados de acuerdo a las pautas del inciso anterior, es decir, 23.625 pesos.
-Haber obtenido o disponer rentas financieras que totalicen un monto superior a 66.917 para el periodo fiscal 2018.
-Los que hayan efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere cuatro veces el importe anualizado del ingreso previsto en el inciso 1, es decir, un total de 1.620.000 pesos.
-Tampoco percibirán el IFE aquellos que tengan bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios que supere 1,5 veces el importe anualizado del referido ingreso. Es decir, no se podrá tener un auto con un valor superior a 607.500 pesos.
-No podrán cobrar este beneficio quienes tengan bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil (aviones, independientemente de su tamaño) o embarcaciones.
-Si un integrante del grupo familiar es notificado para percibir el IFE, el resto de los integrantes del hogar quedará automáticamente deshabilitados, siempre y cuando la ANSES y la AFIP cuenten con la información suficientemente actualizada y cruzada como para detectarlo y determinarlo.
-No podrán percibir el beneficio los extranjeros con residencia legal en la República Argentina inferior a dos años anteriores a la solicitud.
-Tampoco podrán percibir el IFE personas menores de 18 años o mayores de 65 años.
-No podrá cobrar ninguna persona que en su grupo familiar tenga algún miembro con ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del realizado en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
-Tampoco podrá percibir el IFE quien trabaje por cuenta propia como monotributista de categoría “C” o superiores o como Autónomo.
-No podrá acceder quien esté cobrando una prestación por desempleo. Quienes perciben jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tampoco podrán cobrar.
-Se verán imposibilitados de cobrar aquellas personas que ya perciben planes sociales, Salario Social Complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales.
-Entiéndase por planes y programas sociales, a los efectos de la presente, a aquellos programas de transferencia directa de ingresos destinados a mejorar las condiciones de vida de las personas y grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, no contemplándose, a esos fines, los programas de empleo y capacitación laboral administrados por la Secretaría de Empleo.