domingo 16 de noviembre de 2025

Coronavirus: el Gobierno sumó once nuevas excepciones a la cuarentena

Durante la tarde de este sábado, el presidente Alberto Fernández definió el nuevo listado de permisos que incluyen a varios rubros y actividades. Entrará en vigencia apenas se publique la norma en el Boletín Oficial.

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El Gobierno nacional sumó este sábado once nuevas excepciones al listado de actividades en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio en todo el país, por la pandemia del coronavirus. Comprende varios rubros y servicios, todos solicitados por los gobernadores de varias provincias.

Concretamente, los mandatarios de las provincias de La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, Buenos Aires, San Luis, Misiones y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reclamaron la apertura para circular en varios ámbitos.

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En todos esos lugares de la Argentina, entonces, se exceptuarán de la cuarentena a partir de la publicación de la norma en el Boletín Oficial todas estas actividades:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

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