lunes 06 de abril de 2026

Los rechazados tendrán una segunda chance para cobrar el bono de $10.000 de la ANSES

Será una instancia para que la persona que desea acceder al beneficio, exponga con datos precisos el por qué le corresponde recibir el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). Las presentaciones podrán realizarse vía telefónica, mail y en las oficinas virtuales, que serán habilitadas la próxima semana.

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Este sábado, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informará a quienes son las personas que accedieron al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) para el cual se anotaron más de 11 millones de personas. A lo largo de la semana, el ente estatal ya fue aceptando y denegando algunas solicitudes, mientras que otras todavía continúan en estudio. Teniendo en cuenta que es un contexto delicado por la emergencia que desató el coronavirus, las autoridades del organismo habilitó un sitio de reclamos para aquellos que creen que están en condiciones de recibir los $10.000.

Para ello, deberán informar con datos certeros por qué su postulación está mal cargada y cuál es la realidad de su situación económica y social, por la cual necesitan el dinero.

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El mismo podrá realizarse enviando un mail a [email protected], por teléfono al *130 y por la línea 130. La semana próxima, en tanto, habrá una oficina de atención o “UDAI virtual más alla de analizar la reapertura controlada de las delegaciones de la Anses (denominadas UDAI o Unidad de Atención Integral).

Este bono de $10.000 que entregará el Gobierno es para complementar los ingresos de trabajadores independientes, trabajadores en negro y monotributistas de las categorías más bajas. Por este motivo, el directorio del Anses estableció una serie de requisitos para recibir el beneficio:

  • Ser argentino nativo o ser residente legal en el país por un período no inferior a dos años.

  • Tener entre 18 y 65 años.

  • No percibir, ni el solicitante ni alguien del grupo familiar, ingresos ni por trabajo asalariado (salvo en servicio doméstico) ni por trabajo por cuenta propia estando en una categoría del monotributo superior a la B o estando en el régimen de autónomos.

  • No cobrar prestación por desempleo.

  • No percibir jubilación ni pensión.

  • No cobrar planes sociales (Salario Social Complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros nacionales, provinciales o municipales).

Además, remarcaron que el cobro del subsidio es incompatible con distintas situaciones, ya sean del propio solicitante o de algún integrante de su grupo familiar:

  • Haber tenido en el último semestre un ingreso promedio mensual superior a los 33.750 pesos.

  • Haber gastado con tarjetas de débito y/o crédito una cifra mensual superior a los 23.625 pesos.

  • Haber obtenido rentas financieras por un valor superior a los 66.917 pesos en el ejercicio 2018; este es un dato verificable para los organismos del Estado haciendo un cruce de datos con la AFIP.

  • Haber hecho una declaración para el impuesto a los Bienes Personales que implique la tenencia de activos por más de 1.620.000 pesos.

  • Tener vehículos por un valor que supere los 607.500 pesos.

  • Tener aviones o embarcaciones.

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