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¿Cuál es la condena por no cumplir la cuarentena por el coronavirus?

Se trata de un atentado contra la salud pública. Si bien la pena es leve y se puede canjear por una suspensión de juicio a prueba más el pago de una multa, el panorama se complica si por esa negligencia se comprueba que se contagió a un tercero, en ese caso hay cárcel en el horizonte.

Tras la declaración del estado de “pandemia” decretada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) a causa del virus COVID-19, las autoridades sanitarias nacionales ordenaron una serie de medidas a cumplir para aquellas personas que regresen de viajes al exterior. Esas medidas son de cumplimiento obligatorio y no aceptan dobles interpretaciones, ya que se trata de resguardar a la salud pública. Es más, desde este lunes se realizarán controles para verificar si los afectados están en sus casas.

El no cumplimiento del aislamiento o cuarentena pone a los rebeldes ante la posibilidad de ser sancionados penalmente con pagos de multas y hasta penas de varios años de cárcel de cumplimiento efectivo.

El bien jurídico tutelado es la salud de la población. La propagación de enfermedades se estableció dentro del capítulo de delitos de peligro en el Código Penal argentino.

Son varios los apartados que integran ese bloque de sanciones codificadas, pero en este caso puntual dos de los que se pueden aplicar son los artículos 202 y 205 que establecen las siguientes penas.

ARTICULO 202. - Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas.

ARTICULO 205. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.

Las normas son claras en cuanto a las penas a cumplir en caso de responsabilidades. Luego tallará la creatividad procesal de los defensores para obtener mejores resultados para sus asistidos, es decir, una pena lo más leve posible.

Tal como anticipó 0221.com.ar el fiscal en turno de La Plata Marcelo Romero ya intimó judicialmente a tres platenses para que cumplan con la cuarentena ante sospecha de coronavirus, que deberá ser confirmada o descartada por las autoridades sanitarias competentes que fueron notificadas oficialmente de los nuevos casos sospechosos en la capital bonaerense.

“No se les puede imputar aun los delitos contra la salud pública, hasta no saber si están infectados”, aclaró el fiscal ante la consulta de 0221.com.ar.

“Frente a la grave situación mundial por el coronavirus es importante recordar que la decisiones ejecutivas sanitarias son de cumplimiento obligatorio, no son meras sugerencias. El incumplimiento da lugares a acciones legales por desobediencia”, recordó Romero.

“Si estas personas no cumplen la intimación serán procesados por el delito de desobediencia independientemente de los procesamientos penales por eventuales atentados a la salud pública establecidos en el artículo 202 y subsiguientes del Código Penal”, explicó el fiscal.

En estos casos puntuales se da una situación particular. Además de responder por el presunto delito de atentado contra la salud pública se les suma otro proceso por presunta desobediencia, ya que fueron intimados por la autoridad pública y deben cumplir hasta que las autoridades sanitarias determinen si están infectados o no.

Quienes deseen denunciar casos sospechosos de viajeros que no cumplen la cuarentena lo pueden hacer a las siguientes líneas telefónicas.

Provincia de Buenos Aires 148

CABA 147

Nación 0800 222 1002

 

 

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