El Tribunal Oral Criminal (TOC) III de La Plata dará a conocer este lunes, a las 10, el veredicto con su posible sentencia en el caso por la muerte del Renzo Villanueva, el menor que murió al caer desde un séptimo piso de un edificio de La Plata en el año 2017.
La audiencia se realizará en la sede del fuero Penal ubicado en calle 8 entre 56 y 57. Por este caso son juzgados Diego Villanueva y su pareja Rosa Martignoni, quienes estaban al cuidado del nene de 7 años de edad al momento de la tragedia.
Durante los alegatos la fiscal solicitó una condena por “homicidio culposo” y solicitó a los jueces que se tenga en cuenta la pena natural que tienen los acusados.
La fiscalía de Juicio entendió que se trató de un accidente en el marco de una mudanza y descartó que el nene haya sido arrojado por la ventana, tal como sostiene Ángela Donato, la madre de la víctima. Durante el proceso, el acusado, intentó quitarse la vida y escribió una carta en la que se colocó como único responsable de la muerte de su hijo.
Para la fiscal Victoria Huergo hubo “negligencia” o “imprudencia” por parte de los acusados. En tanto los abogados de la madre se basaron el figura del “dolo eventual”, es decir, los acusados se debían haber representado el peligro que significaba dejar a un menor de edad, cerca de una ventana abierta sin rejas, con elementos que puede ser utilizados para escalar y caer por la abertura.

Tras el juicio oral, se corroboró que no hay testigos presenciales que hayan visto a los acusados arrojar al niño, como tampoco hay pruebas directas, objetivas e indubitables que indiquen que el chico fue tirado o empujado por la ventana.
Por su parte los abogados de la madre de Renzo reclamaron una condena por “homicidio agravado por dolo eventual” para el padre y de “partícipe necesario de homicidio simple” para su pareja.

La defensa, a cargo del letrado Darío Saldaño, solicitó la absolución por entender que no se acreditó el homicidio culposo ni el dolo eventual. Como planteo subsidiario ante un posible encuadre legal por homicidio culposo planteó la absolución por el beneficio de la duda. Además requirió que se aplique la figura de “pena natural”, es decir el dolor de los acusados por la pérdida de un ser amado.