El Gobierno de la provincia de Buenos Aires incluyó a La Plata en el conjunto de ciudades que podrán organizar actividades de revinculación al aire libre y en predios cerrados para grupos de hasta 10 estudiantes. Todo, siguiendo una serie de protocolos sanitarios que fueron detallados en un escrito. Se trata concretamente de 88 ciudades, entre ellas la nuestra. Es en el marco del Plan Jurisdiccional para el regreso seguro a clases presenciales.
"Por medio de la presente se comunica a los Equipos de Supervisión, Equipos Directivos, Consejos Escolares y por su intermedio a toda la Comunidad Educativa que, de acuerdo a los resultados de la última evaluación epidemiológica realizada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos de acuerdo a la metodología establecida en la Resolución conjunta 63/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, el Ministerio de Salud y la Dirección General de Cultura y Educación, los distritos mencionados en el encabezamiento, han sido clasificado como riesgo MEDIO", indicaron desde el Gobierno.
Se trata de actividades voluntarias tanto para las escuelas como para la participación de los estudiantes. Y además se informa que en caso de que del monitoreo de la situación epidemiológica surjan circunstancias que modifiquen el nivel de riesgo actual, las mismas serán comunicadas a los fines de redefinir las actividades educativas habilitadas.
Con respecto al protocolo para llevar a cabo estos encuentros, se hace hincapié en que la planificación y organización de actividades educativas no escolares (socioeducativas) serán al aire libre, en predios cerrados y en distritos de bajo y mediano riesgo.
En el Anexo IV de la resolución la Resolución Nº 370/2020 del CFE se detalla que los establecimientos educativos pueden "organizar actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar u otras) destinadas a niños, niñas, adolescentes y jóvenes en grupos de no más de DIEZ (10) personas, preferentemente al aire libre, en las condiciones de seguridad sanitaria establecidas en la normativa de emergencia”.

"Cabe señalar que en la Provincia de Buenos Aires estas actividades educativas no escolares solo podrán ser realizadas en predios cerrados, al aire libre y su duración no podrá superar los NOVENTA (90) minutos", se agrega, aclarando también que estas actividades nada tienen que ver con la continuidad pedagógica que viene llevándose a cabo de manera virtual desde que comenzó la cuarentena en nuestro país. Son un complemento.
Los objetivos son los de "favorecer un espacio de encuentro entre pares para el desarrollo de las subjetividades de las y los estudiantes y la atención de la dimensión socio-afectiva de lo educativo; debiendo contemplar en su planificación el abordaje del padecimiento colectivo y subjetivo que trajo consigo la pandemia. La dimensión socio- afectiva alude al vínculo con las otras y los otros, la construcción de la propia identidad y de la identidad colectiva, entendiendo que en esos vínculos se genera una marca esencial de lo humano".
Los grupos serán reducidos: como máximo de diez estudiantes por grupo y que preservarán el cumplimiento del distanciamiento prescripto por las autoridades sanitarias (2 metros) junto con las medidas
adicionales de higiene, protección y limpieza enunciadas en el “Plan Jurisdiccional para un regreso seguro a las clases presenciales”.

También se explica que se podrán planificar hasta un máximo de un encuentro semanal para estudiantes del último año del nivel secundario, primario e inicial; y un encuentro mensual para estudiantes de los demás años del nivel primario y secundario.
Con respecto a los lugares de realización, se habla de "predios cerrados y al aire libre; tales como: campos de deportes, polideportivos, clubes y centros recreativos de organizaciones sociales o públicas. En caso de requerirse espacios abiertos de los establecimientos educativos, las actividades deberán ser autorizadas por la Inspección Regional de acuerdo a la planificación que presente el equipo de conducción del establecimiento educativo".
En ese sentido se aclara que "los predios deberán contar con espacios de sombra al aire libre para protegerse de la radiación solar intensa. O preverse las actividades en horarios adecuados que no supongan exposición a altas temperaturas u otras cuestiones climáticas", siempre "respetando las medidas de distanciamiento social, infraestructura, higiene y limpieza; higiene personal, cuidado de la piel y protección frente a insectos; agua e infraestructura sanitaria adecuada; y disponibilidad de elementos de higiene". No se detalló una fecha de inicio para la realización de estos escuentros.