Una imagen clásica de las carnicerías argentinas ya no se repetirá. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social anunció que aquellos frigoríficos encargados de transportar, manipular y levantar faena de ganado bovino, ovino, porcino y los relacionados a animales de caza, destinados a la industrialización y cuyo peso supere los 25 kilos, deberán hacerlo con la asistencia de los medios mecánicos adecuados.
La resolución 13/2020 fue publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia a partir de abril. Establece que el mínimo permitido en el levantamiento y manipulación de faena en mayor y menor industrialización, o en su cadena de transporte y distribución, se deberá realizar obligatoriamente con la asistencia de un equipo mecánico. La medida busca "prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos puestos de trabajo" y los transportistas tendrán un plazo de 60 días para adaptarse.
Entre los riesgos que enumera el texto, figuran "trastornos músculoesqueléticos, hernias inguinales directas, mixtas y crurales, hernia discal lumbo-sacra con o sin compromiso radicular". Es decir, síndromes dolorosos de la columna provocados, en gran medida, por tareas con levantamiento de cargas, transporte y arrastre de peso.
En el boletín se especifica que se tomó como referencia del peso máximo de transporte el de los sacos de cemento, en 25 kilos, precisados en un Decreto de 1996. Pero el peso de una media res está muy por encima de ese tope. Las estadísticas del Instituto de Promoción de la Carne Argentina (IPCV) muestran que el peso promedio anual de los novillos está en 232 kilos, por lo que las medias reses representan una carga de entre 100 y 115 kilos para quien las transporte antes de ser divididas en cortes.
La Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados, conducida por José Alberto Fantini, celebró la resolución y dijo que se trataba de un reclamo que venía de años atrás. En ese sentido, aseguraron que los distribuidores deberán "adecuar los camiones para que la bajada de los productos sea de forma mecanizada. Tienen hasta el mes de abril, nosotros vamos a hacer cumplir el decreto", manifestaron.
En el Boletín Oficial también se detalla que "el empleador alcanzado por esa obligación, deberá llevar un registro del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos mecánicos utilizados". En el caso de que los empleadores no cumplieran con ésta norma, las aseguradoras de riesgos de trabajo deberán denunciarlo ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.