Dos disposiciones fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial y son por incumplimiento de la normativa vigente.
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Dos disposiciones fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial y son por incumplimiento de la normativa vigente.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves una miel, unas "Cebollas dulces" y una dos mermeladas sin sal.

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La disposición N°7169/2019 prohibió la comercialización en todo el territorio nacional la mermelada de ciruela y de durazno "sin sal" y "Cebollas dulces" de la marca Flor de Seibo.
La medida determinó que las dos mermeladas estaban en infracción por estar falsamente rotuladas. Tenían la leyenda "Sin TACC", sin estar autorizados como tales.
En tanto, las "Cebollas dulces" no estaban correctamente registradas y se la catalogó como un producto "inexistente".
Por su parte, la disposición N° 7170/2019 prohibió la comercialización en todo el territorio nacional ya que "no cumple con la normativa alimentaria vigente. Se trata del producto "miel pura de abejas" de la marca "La Colina" que no tiene "autorizaciones de establecimiento y de producto" y se encuentra "falsamente rotulado".