"Ante la repetida y sistemática escasez de vacunas obligatorias del Calendario Nacional de Vacunación, que vulnera el derecho a la salud, a la preservación de la vida y a la incolumidad del cuerpo en los bebés, niños, niñas y adolescentes, y que además pone en vilo la salud pública, por cuanto toda la comunidad puede ser afectados por enfermedades prevenibles es que esta asociación civil inició oportunamente un amparo colectivo nacional". Así empieza el comunicado de la asociación civil Abogados por la Justicia Social (AJUS) de La Plata, Berisso y Ensenada, luego de la presentación que realizaron para que el Gobierno regularice la entrega de las vacunas incluidas en el calendario nacional.
El amparo se elevó luego de que la Secretaría de Salud de la Nación –que se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social– pospusiera por tiempo indeterminado la dosis que debe aplicarse a los 11 años. El motivo que adujeron las autoridades fue las dificultades en la adquisición y entrega de la vacuna. Así, la decisión de las autoridades fue "priorizar a los grupos más vulnerables de 3, 5 y 15 meses de vida hasta contar con la disponibilidad necesaria". No obstante, esto se traduce en 750 mil niños que debían recibir la vacuna este año y no lo harán, al menos hasta nuevo aviso.
En ese marco, AJUS se presentó junto a una persona cuya identidad fue mantenida en reserva y acudió en representación de su hija menor. El pasado 30 de agosto el Juzgado de Primera Instancia N° 4 en lo Federal del Departamento Judicial de La Plata, dictó resolución en la que declara “admisible la acción colectiva de clase y procede a la debida inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos”, además de “requerir al Poder Ejecutivo Nacional produzca informe respecto de la demanda”.
Ante la decisión de juez Alberto Recondo de aceptar el reclamo, la secretaría de Salud tendrá cinco días contados a partir de su notificación para responder al amparo.

La suspensión ya había generado críticas por parte de la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP), como así también de la Sociedad Argentina de Vacunología y Epidemología (Save), la Sociedad Argentina de Infectología (Sadi) y la Fundación Huésped.
La vacuna tetravalente (ACYW) conjugada contra meningococo fue incorporada al Calendario Nacional de Vacunación por Resolución Ministerial número 10/2015 e implementada a partir de enero de 2017. El esquema de vacunación comprende dos dosis (3 y 5 meses de vida) y un refuerzo (15 meses de vida) en lactantes; y una dosis única a los 11 años. La enfermedad invasiva por meningococo en la Argentina es de baja incidencia (menos de 200 casos anuales) y se da en forma endémica, con brotes esporádicos. Los casos se presentan habitualmente en menores de dos años de edad, especialmente en los menores de un año.
A su vez, desde AJUS recordaron que “ante una ausencia y/o negativa de aplicar una vacuna que se encuentra en el Calendario Nacional de Vacunación”, la población se puede contactar con un abogado de confianza o con esa asociación civil, a fin de habilitar las medidas cautelares judiciales que efectivicen la vacunación negada. “Se está vulnerando un derecho reconocido por pactos y tratados de derechos humanos”, subrayaron.