jueves 11 de diciembre de 2025

Bicicletas, gaseosas y pan francés: las extrañas ordenanzas de La Plata que nadie cumple

El Concejo Deliberante platense sancionó miles de ordenanzas desde sus inicios. Con el tiempo muchas que aún permanecen vigentes quedaron vetustas y ajenas al contexto actual. Conocé seis extrañas normas que aún rigen en la ciudad.

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Por Mariana Sidoti

Si tenés bicicleta, la misma podría estar registrada en Registro Único de Bicicletas de la Municipalidad de La Plata. Así quedó estipulado en la ordenanza 11.528, sancionada en junio del 2017 por el Concejo Deliberante local. El objetivo: facilitar la ubicación de las bicicletas en caso de robo, impedir la reventa de rodados robados y promover la seguridad vial.

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La inscripción en el Registro es voluntaria, gratuita y exenta del pago de gravámenes, tasas o derechos; y puede hacerse por cualquiera que sea mayor de 16 años. Los dueños de las bicicletas deberán tener una tarjeta de propiedad con un código único alfanumérico y un kit con tres etiquetas o calcomanías de material resistente al agua para pegar en las bicis.

Sin embargo, está claro que los platenses no solo no se hicieron eco de la iniciativa sino que el poder Ejecutivo tampoco se encargó, como reza el artículo 10, de hacer campañas de difusión: aunque hay cada vez más bicisendas, las bicicletas en La Plata siguen tan desreguladas como siempre.

La ordenanza 8.696, sancionada en 1996 bajo la intendencia de Julio Alak, marca el día en que la Municipalidad decidió hacer campaña por una vida sana. “El departamento Ejecutivo instrumentará los medios necesarios para llevar adelante una campaña masiva para el consumo de frutas y verduras frescas”, reza el primer artículo del texto.

La normativa establece que los productos deberán estar garantizados en sanidad y calidad, aprobados por un equipo de profesionales en el tema; y que la campaña de difusión será realizada en conjunto con el Mercado Regional, algo que no se cumple en absoluto.

Otra extraña ordenanza local es la 8.167, votada también durante el gobierno de Alak en agosto de 1993. La misma prohíbe la venta del pan francés en los negocios que no estén explicitados en el texto.

"Podrán vender pan francés y/o similar, además de los específicos como panaderías y confiterías, sucursales de estas últimas y despachos de pan, los supermercados, autoservicios, almacenes, rotiserías y galletiterías", reza el artículo 2. 

Para todos aquellos negocios "no específicos", la venta debería realizarse "con el producto envasado en bolsa de polietileno, herméticas y en las que constatarán todos los datos del elaborador, nombre del producto y domicilio de fabricación". De vender sándwiches en la calle o en ferias, claro, ni hablar.

También sigue vigente en la ciudad otra curiosa ordenanza que prohíbe la venta de gaseosas en vasos servidos. Con el número 5.973, fue sancionada en 1985 por el entonces intendente Juan Carlos Alberti, y lisa y llanamente impide el expendido de "bebidas de fantasía" en vasos servidos, ya sea tanto en mostradores como en bares y mesas de los locales.

"Quedan exceptuados los casos en los que se utilicen envases a granel originados en las mismas compañías, y su expendio se realice en máquinas adecuadas y con la presencia física inmediata de los consumidores", reza el texto.

La misma ordenanza prohíbe especialmente el uso de envases familiares de gaseosas para venderle a consumidores individuales; es decir que, por ejemplo, una persona no podría pedirse una gaseosa de litro y medio si no es para compartir con amigos o familia. Los comerciantes que infrinjan esta norma podrán ser sancionados con entre 5 y 15 módulos, que hoy en día equivalen a sumas de entre 150 y 450 pesos.

Unos años antes, en 1981 y bajo el gobierno de Abel Román, se sancionó una norma que regula la circulación de perros en todo el partido de La Plata. En su artículo 2, la ordenanza estipula que los dueños o encargados de  los perros y gatos “deberán inscribirlos a partir de los tres meses de edad en el Registro de Animales de la División Zoonosis” dependiente de la Dirección de Higiene (que, para variar, ya no existe).

Según la ordenanza, en la libreta que extienda el Registro figurarán la raza, sexo, color de piel y edad del animal, además de los datos personales del dueño. “Será obligatoria la identificación del animal a partir del año de edad, mediante fotografías que serán agregadas a la ficha de inscripción y a la libreta respectivamente”, dice el artículo 7 que, como todos los demás, está vigente y muy pero muy lejos de ser cumplido.

Por último está la ordenanza 71, votada en 1926 bajo la intendencia de Pedro Haramboure. La misma regula la “conducción de animales cuadrúpedos o bípedos” en territorio platense y en su artículo 2 estipula que “el transporte de aves vivas para  la venta en ferias, vía pública y mercados será permitido únicamente utilizándose jaulas de madera lisa con enrejado metálico, por el cual no pueda pasar la cabeza de las aves”.

Estas son solo seis de las más de 11.500 ordenanzas que se sancionaron en la ciudad. Y aunque ya no se vendan aves en el centro, ni haya órganos de contralor para chequear que los negocios no vendan gaseosas en vasos servidos, las normativas continúan vigentes al día de hoy.

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