La avenida 51 entre 27 y 29 es una excepción en relación a las normas de tránsito que regulan el estacionamiento. Allí, a contramano de la mayor parte de las calles de la ciudad es posible estacionar arriba de las veredas y está prohibido hacerlo contra el cordón.
La razón hay que buscarla en la ley nacional que figura en el cartel correspondiente: es la 24.449 o Ley de Tránsito, que en su artículo 49 establece los criterios para estacionar en las zonas urbanas. En el inciso “a” dispone que deberá ser paralelo al cordón, pero en el “b” establece como excepciones a “todo lugar donde se pueda afectar la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o se oculta la señalización”.
La avenida en cuestión en esas dos cuadras, previas al Hospital Italiano, es más angosta que cualquier otra, por lo que los autos estacionados paralelos al cordón, de ambas menos, complicaría la circulación. Además, teniendo en cuenta la ubicación del centro médico, el tránsito está condicionado por el paso de ambulancias.