La Corte Suprema de Justicia rechazó un pedido de recusación presentado por la defensa de siete de los ocho rugbiers condenados por el asesinato de Fernando Báez Sosa. El planteo, considerado inadmisible, apuntaba contra jueces de la Cámara de Apelación de Dolores.
La decisión fue tomada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. El abogado defensor Hugo Tomei había solicitado apartar a los jueces de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores, que intervinieron en el expediente.
Sin embargo, la resolución judicial fue tajante: “El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)”.
En el fallo, que no incluyó al condenado Enzo Comelli, se aclaró que la desestimación bajo esta norma no implica convalidar ni rechazar el fondo del fallo recurrido, sino únicamente su carácter procesal.
Juicio a los ocho jóvenes rugbiers por el crimen de Fernando Báez Sosa
A Fernando Báez Sosa lo mataron el 18 de enero de 2020 en Villa Gesell.
Las condenas a los rugbiers
El 22 de marzo de 2023, la Cámara de Casación Penal bonaerense confirmó las penas impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores. Cinco de los imputados —Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi— recibieron prisión perpetua y están detenidos en la Alcaidía 3 de Melchor Romero, al oeste de La Plata. Los otros tres —Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi— fueron condenados a 15 años de prisión.
Si bien originalmente habían sido hallados culpables de homicidio agravado por premeditación y alevosía, los camaristas descartaron esta última agravante, aunque mantuvieron la premeditación, por lo que las penas no sufrieron modificaciones.
Fernando Báez Sosa tenía 18 años y estaba de vacaciones en Villa Gesell cuando fue asesinado a golpes por el grupo de rugbiers en la puerta del boliche Le Brique, el 18 de enero de 2020.