La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires aprobó un anteproyecto para modificar la Ley Electoral bonaerense y le pidió al Gobierno provincial que impulse su tratamiento legislativo. La iniciativa redefine los plazos para alianzas, listas y boletas e incorpora nuevas reglas para las campañas, las encuestas y la publicidad oficial.
La propuesta fue enviada al Ministerio de Gobierno bonaerense y contempla modificaciones a la Ley Electoral N°5.109, a la Ley N°14.086 de elecciones primarias y al Decreto-ley N°9889/82 de partidos políticos.
El objetivo central del proyecto es evitar los problemas que se registraron durante el proceso electoral de 2025, cuando el desdoblamiento de los comicios provinciales obligó a votar en dos oportunidades y con sistemas diferentes en la provincia de Buenos Aires. En ese marco, entre las modificaciones planteadas, el texto establece que las alianzas electorales deberán inscribirse al menos 80 días antes de las PASO, las listas de candidatos tendrán que presentarse 60 días antes de la elección y las boletas partidarias al menos 45 días antes de los comicios.
Urnas elecciones 2025 (2)
La Junta Electoral bonaerense impulsa grandes cambios de cara a las próximas elecciones
AGLP
La Junta sostuvo que los plazos actuales son insuficientes para garantizar un proceso ordenado y advirtió que el volumen de trabajo vinculado a la oficialización de candidaturas y boletas vuelve "impracticable" cumplir con las etapas previstas por la legislación vigente.
Alianzas, listas y boletas en la mira de la Junta Electoral
El artículo 1 del anteproyecto establece que las alianzas transitorias deberán presentarse de manera unificada en todos los distritos y categorías donde participen. De esta manera, ninguno de los partidos integrantes podrá competir por separado en determinadas secciones electorales. Por su parte, el artículo 3 modifica el régimen de presentación de listas para las elecciones primarias y fija que las candidaturas deberán inscribirse hasta 60 días antes de los comicios.
Ninguno de los partidos integrantes podrá competir por separado en determinadas secciones electorales
Uno de los cambios centrales aparece en los artículos 4 y 6, vinculados con las boletas de sufragio. Allí se determina que los modelos deberán presentarse 45 días antes de la elección y que, una vez oficializados, los apoderados contarán con 5 días para entregar los ejemplares correspondientes a cada mesa.
Boletas BUP (3)
Todavía sin Boleta Única de Papel (BUP), las fuerzas políticas deberán presentar sus modelos 45 días antes de cada elección
Ignacio Amiconi | AGLP
El proyecto también modifica el artículo 66 de la Ley Electoral bonaerense y establece que la convocatoria a elecciones deberá realizarse con al menos 90 días de anticipación. Además, las autoridades de mesa para las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) deberán ser designadas 30 días antes de la votación.
Otro de los puntos novedosos del anteproyecto es la incorporación del artículo 114 bis a la Ley N°5.109, que regula por primera vez distintos aspectos de la campaña electoral bonaerense. Según la propuesta, la campaña comenzará 60 días antes de la elección y finalizará 48 horas antes de los comicios, mientras que la propaganda en medios audiovisuales, gráficos y radiales sólo podrá difundirse durante los últimos 15 días previos a la votación.
El texto también limita la publicación de encuestas y sondeos electorales a los 8 días previos a la elección y prohíbe su difusión durante las 48 horas anteriores a los comicios. Además, las proyecciones sobre resultados electorales sólo podrán difundirse tres horas después del cierre de la votación.
La Junta Electoral estableció que la campaña comenzará 60 días antes de la elección y finalizará 48 horas antes de los comicios
Por último, el anteproyecto incorpora una restricción para los actos de gobierno y la publicidad oficial durante los 15 días previos a la elección cuando puedan inducir el voto a favor de candidatos.