El fundador de Mercado Pago, Marcos Galperin, cuestionó la normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA) que obliga a informar el Costo Financiero Total Efectivo Anual (CFTEA) de los préstamos que se ofrecen a través de la aplicación. Sostuvo que el indicador puede resultar engañoso y reavivó el debate sobre cómo se calcula el costo de los créditos.
El cuestionamiento surgió a partir de una publicación del economista Agustín Etchebarne en la red social X, donde compartió una simulación de un préstamo de Mercado Pago y advirtió sobre el costo de la financiación. La operación mostraba un crédito de $10.000, con 12 cuotas fijas de $1.208,02 y un total a devolver de $14.496,24.
La simulación informaba una Tasa Nominal Anual (TNA) del 60%, una Tasa Efectiva Anual (TEA) del 79,59% y un CFTEA del 102,36%. Ante esa publicación, Galperin respondió con una crítica directa al indicador que exige informar el Banco Central.
El dueño de Mercado Libre afirmó que el Costo Financiero Total Efectivo Anual que exige el BCRA no refleja la realidad
"El 'Costo Financiero Total Efectivo Anual' que el BCRA obliga a publicar es falso, incorrecto (y por ende inflacionado). Asume que el interés se capitaliza (pagás interés sobre los intereses) y que el préstamo se renueva a lo largo de un año cada vez que vence. En decenas de millones de préstamos otorgados, eso no ocurre nunca", escribió.
El empresario cuestionó así los supuestos utilizados para calcular el CFTEA y planteó que el porcentaje informado no representa necesariamente el costo que termina afrontando una persona que devuelve el capital mediante cuotas.
¿Qué exige la normativa del Banco Central?
Las normas del BCRA sobre tasas de interés en las operaciones de crédito establecen que la información debe presentarse de manera homogénea y transparente, para que los usuarios puedan comparar distintas alternativas de financiación.
En los contratos, recibos y otros documentos que informen tasas o importes de intereses deben figurar la tasa de interés anual pactada, la tasa efectiva anual, si la tasa es fija o variable y el Costo Financiero Total (CFT). Además, cuando una publicidad menciona la cantidad o el importe de las cuotas o informa una tasa de interés, debe mostrar de manera legible y destacada la TNA, la TEA, el CFT y el carácter fijo o variable de la tasa.
La regulación también establece requisitos de presentación. En las publicidades, el CFT debe aparecer con un color destacado y una tipografía de un tamaño al menos cinco veces mayor que el utilizado para informar la TNA. En los documentos dirigidos a usuarios de servicios financieros, el valor numérico del CFT y el signo de porcentaje deben identificarse de forma legible y destacada, con al menos el doble del tamaño del resto de la información o mediante una tipografía resaltada o un color diferente.
Estas disposiciones alcanzan tanto a las entidades financieras como a los proveedores no financieros de crédito comprendidos en las normas del organismo.
¿Qué diferencia hay entre la TNA, la TEA y el CFTEA?
El Banco Central define al CFT como la principal variable que debe considerarse al elegir un préstamo personal, prendario o hipotecario, porque representa el costo global de la operación. Incluye la tasa de interés y los cargos asociados a los servicios efectivamente prestados o al reintegro de gastos.
La normativa dispone que el CFT se exprese como una tasa efectiva anual, con al menos un decimal, y que al cálculo se incorporen las comisiones y los cargos asociados al crédito, cualquiera sea su concepto.
Entre los conceptos que pueden integrar el indicador se encuentran las primas de seguros exigidas para acceder a la financiación, los gastos de apertura y mantenimiento de cuentas vinculadas al préstamo y el IVA sobre los intereses cuando el tomador es un consumidor final. Determinados impuestos que gravan los préstamos personales y prendarios no se incluyen en el cálculo.
La diferencia entre la TNA, la TEA y el CFTEA está en qué contempla cada indicador. La TNA expresa la tasa nominal anual aplicada sobre el capital, la TEA incorpora el efecto de la capitalización de los intereses y el CFTEA incluye, además, los cargos y conceptos computables asociados a la operación.
En el ejemplo difundido por Etchebarne, una TNA del 60% equivale a una tasa mensual del 5%. Si los intereses se acumulan mes a mes durante un año, el resultado es una TEA del 79,59%. Al sumar los cargos e impuestos que corresponden, el CFTEA de la simulación alcanza el 102,36%. Esa diferencia entre la tasa informada y el costo efectivo de una operación es el eje del planteo de Galperin, quien cuestiona que el cálculo anual refleje una situación que, según sostiene, no se produce de esa manera en los préstamos otorgados por la plataforma.
La explicación de Mercado Pago sobre sus tasas de interés
La discusión se suma a otras controversias sobre el costo de los préstamos de Mercado Pago. En agosto de 2026, la difusión de tasas que podían alcanzar el 1.375% volvió a poner el foco en los criterios utilizados por las empresas para determinar el precio de la financiación.
En aquella oportunidad, en la compañía explicaron que la tasa de cada usuario depende de su perfil de riesgo individual y puede mejorar a medida que construye un historial de pagos. También señalaron que los valores más elevados del CFTEA corresponden a montos pequeños y a personas sobre las que la compañía todavía cuenta con información limitada. Según la empresa, cerca del 2% de los préstamos se otorga con ese valor.
Además, la plataforma sostuvo que el CFTEA no equivale directamente al monto que termina devolviendo el usuario. Como ejemplo, indicó que un préstamo de $100.000, con una TNA del 50% y 12 cuotas, podría presentar un CFTEA cercano al 100%, mientras que el total a pagar rondaría los $135.000. La explicación de la compañía apunta a que el indicador expresa el costo en términos de una tasa efectiva anual, mientras que en un crédito con cuotas el capital se devuelve progresivamente durante el plazo acordado.