El Juzgado Federal N°2 de La Plata admitió una acción colectiva contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°70/2023 por la desregulación de las tarjetas de crédito. La causa cuestiona los cambios sobre intereses punitorios y otras reglas del sistema, mientras la Justicia debe definir ahora una medida cautelar que introdujo modificaciones y desreguló distintos aspectos del sistema de tarjetas.
La resolución reconoció al abogado Emanuel Desojo, referente de la organización Abogados por la Justicia Social (AJUS), como representante adecuado del colectivo de usuarios y consumidores afectados y ordenó el pase a despacho para resolver la medida cautelar solicitada.
La acción fue iniciada en abril de 2024 y busca que se declare la inconstitucionalidad del Título II, Capítulo II del DNU 70/2023. Entre otros puntos, cuestiona la eliminación del tope del 50% a los intereses punitorios y la derogación de la facultad sancionatoria del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Buscan en el fuero Federal de La Plata ponerle un límite a los interses que cobran las tarjetas de crédito en Argentina.
AGLP
Además, el planteo judicial objeta que el decreto haya habilitado la emisión de tarjetas por cualquier entidad sin requisitos, derogado los requisitos mínimos de identificación de los usuarios y eliminado la aprobación de los contratos tipo por parte de la autoridad de aplicación.
La acción colectiva contra el mega DNU de Javier Milei
La recepción del proceso colectivo implica, según la delegación platense de AJUS, el reconocimiento de que la causa involucra derechos de incidencia colectiva y que existe una causa fáctica común vinculada con el DNU 70/2023. "La admisión del proceso colectivo es una señal importante: la Justicia reconoce que acá hay un derecho de incidencia colectiva que no puede resolverse caso por caso. Ahora necesitamos que la cautelar se resuelva con urgencia, porque mientras tanto los intereses desregulados siguen golpeando a millones de familias", sostuvo Desojo.
El proceso acumuló más de 2 años de litigio. Durante ese período, el Estado Nacional planteó una inhibitoria, excepciones de falta de legitimación, un recurso de apelación, un recurso extraordinario federal y un acuse de caducidad de instancia. Todas esas presentaciones fueron rechazadas.
Según las consultoras más relevantes en la temática, la morosidad de las familias con los bancos pasó del 2,5% al 13% entre noviembre de 2024 y julio de 2026. En las billeteras virtuales, la mora alcanzó el 33,9% en julio de 2026. En ese contexto, más de 5,8 millones de personas se encuentran en situación de mora, de acuerdo con la información difundida por AJUS.
¿Qué debe resolver ahora la Justicia?
El próximo paso será la resolución de la medida cautelar solicitada en el marco de la causa. El planteo busca suspender la aplicación de intereses punitorios sin límites mientras continúa el trámite judicial.
Si la cautelar es concedida, los bancos no podrían aplicar intereses por encima del límite que establecía la normativa anterior, lo que reduciría considerablemente los montos que actualmente se perciben por este concepto mientras se resuelve la cuestión de fondo.