El jueves, la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal deLa Plata había confirmado el arresto domiciliario dePatricia Godoy, condenada por falso testimonio agravado, ratificando lo dispuesto anteriormente por el juez Alfredo Caputo Tártara del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) IV.
Tártara había concedido la morigeración de la coerción mediante la modalidad de arresto domiciliario con monitoreo electrónico, a cumplirse en una casa ubicada en la localidad de Melchor Romero.
Patricia Godoy ya se encuentra con prisión domiciliaria en La Plata
Las condiciones del arresto domiciliario en Melchor Romero
El beneficio confirmado por la Cámara no es irrestricto. La resolución impone a Patricia Godoy una serie de obligaciones estrictas para garantizar el cumplimiento de la medida:
Monitoreo electrónico permanente, previa verificación de la aptitud del domicilio por la Dirección de Monitoreo Electrónico.
Tratamiento psicológico obligatorio, con la posibilidad de sumar asistencia psiquiátrica si fuera necesario.
Presentación mensual de constancias médicas, a través de su defensa.
Control del Patronato de Liberados, organismo que deberá elevar informes periódicos sobre el cumplimiento de la medida y la situación socioambiental de la imputada.
Estas condiciones fueron consideradas suficientes por el tribunal para neutralizar riesgos procesales, uno de los puntos centrales en discusión durante la apelación.
La condena a Patricia Godoy y la causa en la Justicia
Patricia Godoy fue condenada en primera instancia a cuatro años y seis meses de prisión por falso testimonio agravado, en perjuicio de Osvaldo Martínez, la pareja de una de las víctimas que fue acusada en un primer momento, hasta que se demostró su inocencia.
Con la defensa de los abogados particulares Ignacio Fernández Camillo, Andrés Noetzly y Agostina Belástegui, Godoy apeló la condena y el proceso avanza en la justicia. Además de solicitar la prisión domiciliaria, la acusada presentó un habeas corpus solicitando su libertad que fue rechazado.