La Suprema Corte bonaerense revocó la absolución de dos hombres acusados de abusar sexualmente de una nena en La Plata y ordenó que el Tribunal de Casación dicte una nueva sentencia. El fallo también cuestionó las reiteradas revisiones ginecológicas a las que fue sometida la menor durante la investigación.
La resolución hizo lugar al recurso extraordinario presentado por la fiscal adjunta interinamente a cargo de la Fiscalía de Casación, la exfiscal platense María Laura D’Gregorio, y fue firmada por los jueces Daniel Soria, Sergio Torres, Hilda Kogan y Mario Kohan. Los magistrados dejaron sin efecto el pronunciamiento absolutorio y dispusieron que el nuevo tribunal se expida nuevamente sobre el caso.
La causa se inició por dos hechos denunciados contra la nena, uno ocurrido el 26 de marzo de 2016 en una quinta de City Bell y otro el 11 de enero de 2017 en un departamento de La Plata. En el primero estaba acusado un tío de la menor, mientras que en el segundo se encontraba imputado su padre.
La absolución que llegó a la Corte
El Tribunal en lo Criminal (TOC) I de La Plata había condenado al tío, a dos años y once meses de prisión de ejecución condicional por abuso sexual simple. En tanto, el padre de la nena, le había impuesto siete años de prisión por abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por un ascendiente.
La Suprema Corte bonaerense, con sede en La Plata, dejó sin efecto un fallo de Casación
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Sin embargo, la Sala III del Tribunal de Casación Penal, integrada por los jueces Víctor Violini y Ricardo Maidana, hizo lugar al recurso de las defensas el 29 de diciembre de 2023 y absolvió a ambos acusados. Frente a esa decisión, la fiscal ante Casación María Laura D’Gregorio interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. El Procurador General sostuvo posteriormente la impugnación.
La labor de D’Gregorio resultó determinante para que el caso llegara nuevamente a la Suprema Corte. La fiscal cuestionó que la absolución se hubiera apoyado en una valoración parcial de la prueba y sin perspectiva de género e infancia, y sostuvo que el relato de la niña había sido claro, consistente y corroborado por distintos elementos incorporados al expediente.
¿Qué cuestionó la Suprema Corte?
Para la mayoría de la Suprema Corte, la sentencia de Casación presentó "graves defectos de fundamentación". Los jueces señalaron que la decisión había recurrido a argumentaciones dogmáticas, había considerado pruebas incorporadas de manera ilegítima, omitido elementos relevantes y realizado una valoración sesgada del material probatorio.
En particular, el juez Soria sostuvo que el estado de duda invocado por Casación no podía descansar en una apreciación subjetiva, sino que debía surgir de una evaluación minuciosa, racional y objetiva del conjunto de las pruebas. También remarcó que no se había demostrado que el relato de la niña hubiera sido impuesto por su madre ni que derivara del denominado "síndrome de alienación parental".
María Laura D'Gregorio, fiscal adjunta en Casación bonaerense, logró revertir la absolución en un caso de abuso sexual
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La sentencia de la Suprema Corte también destacó elementos vinculados con el relato de la nena en Cámara Gesell y las declaraciones de profesionales que habían intervenido durante el proceso. Entre ellos, la psicóloga Karina Levchuk había señalado que no utilizó lenguaje adulto y que presentaba indicadores compatibles con un cuadro de estrés postraumático y abuso.
Los jueces también cuestionaron que Casación hubiera otorgado un peso decisivo a testimonios de familiares de los acusados y a elementos provenientes de expedientes del fuero de familia, mientras relativizaba otros elementos que habían sido considerados relevantes por el tribunal que dictó la condena.
La Corte provincial, de todos modos, no dictó una nueva condena contra los acusados. La resolución dejó sin efecto la absolución y devolvió las actuaciones al tribunal de la instancia anterior (Casación) para que, con una nueva integración, emita otra sentencia conforme a derecho.
La fuerte advertencia por las revisiones ginecológicas
Uno de los puntos más relevantes del fallo aparece en el apartado X, donde la Suprema Corte expresó su preocupación por la cantidad de revisiones ginecológicas realizadas a la niña durante el proceso.
"Se advierte con preocupación la multiplicidad de revisiones ginecológicas realizadas a la niña", señalaron los jueces, al considerar que esa situación contraría los estándares que deben regir el abordaje de niñas que pudieran ser víctimas de abuso sexual.
La resolución cita, entre otros antecedentes, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Guía de Buenas Prácticas de Unicef de 2013, el Protocolo Provincial de Prevención, Detección y Abordaje del Abuso Sexual hacia Niños, Niñas o Adolescentes de 2019, el protocolo de la Sociedad Argentina de Ginecología Infanto-Juvenil y el protocolo institucional del Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas.
El abogado Darío Saldaño representa a víctima en el proceso Penal
En ese marco, la Corte sostuvo que, en este tipo de casos, el examen debe ser realizado prioritariamente por médicos o médicas forenses especializados en ginecología y pediatría y capacitados en abuso sexual infantil, en lo posible del mismo sexo que la persona afectada y con "extremo cuidado".
La recomendación quedó expresamente incorporada en la parte resolutiva: "Se recomienda a los funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal tomar en especial consideración las buenas prácticas en lo que respecta a las revisiones ginecológicas de niñas presuntamente víctimas de abuso sexual".
El fallo también tuvo en cuenta el relato de la asistente social Marcela Borotto acerca de la angustia que había experimentado la niña durante una de las revisiones médicas. A partir de esas circunstancias, los magistrados remarcaron la necesidad de evitar intervenciones que puedan profundizar la revictimización.
La víctima y su familia son asistidas por el abogado Darío Saldaño, quien interviene en representación de sus intereses durante el proceso.
Con esta decisión, la Suprema Corte bonaerense dejó sin efecto la absolución dictada por Casación y ordenó que el caso vuelva a ser analizado por un tribunal debidamente integrado. La resolución, además de reabrir el camino judicial para revisar la situación de los dos acusados, dejó asentado un llamado de atención sobre la forma en que deben realizarse las revisiones médicas a niñas presuntamente víctimas de abuso sexual.