jueves 16 de julio de 2026

La Justicia de La Plata absolvió al obstetra Fernando Daverio y condenó a la partera que atendió el nacimiento

El juez absolvió a Fernando Daverio del cargo por mala praxis y declaró la prescripción de la acción penal de la adulteración de la historia clínica.

El juez Diego Tatarsky dio a conocer este jueves su veredicto en el juicio contra el obstetra de La Plata, Fernando Daverio, y la partera Bárbara Pestaña Guido, acusados de "lesiones culposas agravadas", por la parálisis cerebral de Nina Cipollone. El médico también fue acusado por "falsificación de instrumento privado" y "uso de instrumento falso".

La sentencia absuelve al médico de los cargos por mala praxis y declara la prescripción de la acción penal respecto a la presunta adulteración de la historia clínica. Por el contrario, el juez determinó la responsabilidad penal de la obstetra Pestaña Guido, al considerar probado que actuó con impericia durante el trabajo de parto en la Clínica de la Comunidad.

Lee además

En su fallo, el titular del Juzgado Correccional N°2 se pronunció primero sobre la acusación de falsificación de las historias clínicas. Al respecto, detalló que se acusó al médico de haber "insertado anotaciones falsas en la historia clínica de María José Suáres" y de "haber adjuntado al expediente penal, una historia clínica perinatal que contenía anotaciones adicionales que no se veían reflejadas en el instrumento verdadero". Durante la etapa de instrucción, dichos delitos fueron encuadrados en los artículos 292 y 296 del Código Penal, que refieren a la falsificación de documentos y prescriben a los dos años del hecho. En el caso de la historia clínica del parto, la acusación sostiene que se hizo tras el parto, que ocurrió en 2017, mientras que la adulteración de la historia clínica perinatal habría sido en 2019.

Durante el debate, las defensoras de los acusados -Verónica Bogliano por parte de Daverio y Raquel Ponzinibio por Pestaña Guido- plantearon la prescripción de ese delito mientras que el fiscal Jorge Paolini sostuvo que esos hechos se encuadraban en el artículo 255 del Código Penal, que castiga la adulteración de registros o documentos destinados a servir como prueba, dado que en este caso entorpeció el accionar de los peritos. En ese punto, el juez consideró que la prueba ventilada en el debate "no se vio modificada (...) y por lo tanto, debe hacerse lugar a la prescripción de la acción penal por esas imputaciones".

¿Qué dijo el juez sobre la acusación de mala praxis contra Fernando Daverio?

Daverio y Pestaña Guido fueron acusados de "lesiones culposas agravadas por el daño permanente a la salud" tras el parto de Nina, el 16 de junio de 2017, que debió ser reanimada durante 27 minutos y quedó con daño cerebral y discapacidad múltiple.

El fiscal Paolini sostuvo que Daverio desatendió una ecografía realizada semanas antes del parto, que mostraba que el crecimiento de la bebé se había aminorado, lo cual podía ser indicio de insuficiencia placentaria, comprometiendo el suministro de oxígeno durante el parto. Además, sostuvo que el equipo del obstetra, Gestando entre Pares, demoró la atención del trabajo de parto a pesar de los avisos de la familia y que la habitación de la clínica en la que se produjo el nacimiento no era una sala de partos y que carecía de las condiciones y del equipamiento médico necesarios para emergencias. También se menciona la falta de aviso al área de neonatología de la institución.

En la acusación, el fiscal había planteado que dicha ecografía alertaba sobre una restricción de crecimiento intrauterino, ante lo cual el juez Tatarski consideró que esa conducta "no pudo ser demostrada con la prueba colectada en el debate oral", por lo cual "su libre absolución se impone".

La "impericia" de la partera y su condena

Al evaluar el rol que tuvo la partera en las lesiones graves de Nina Cipollone, el juez consideró que "procedió de manera imperita, inobservando además las reglas de su profesión" y que esto "impidió brindar el tratamiento que se debió brindar a María José Suárez y, obviamente, a su hija Nina, generando con ello un riesgo jurídicamente desaprobado".

NOTA EN DESAROLLO

Dejá tu comentario

Las más leídas

Te puede interesar