ver más

La defensa de cuatro penitenciarios presos en La Plata pidió anular sus indagatorias y cuestionó la acusación

Un abogado planteó la nulidad de las declaraciones de cuatro imputados por los hechos investigados en Magdalena y pidió excluirlas de la causa.

La investigación en la justicia de La Plata por las presuntas torturas y abusos sexuales en la Unidad Penal N° 51 de Magdalena sumó un nuevo planteo de las defensas. El abogado Gastón Jesser, que representa a Agustina Ailén Oroná, Gisela Mailín Iguarán, Juan Antonio Juanena y Florencia Anahí Ortiz, pidió que se declaren nulas las declaraciones que prestaron sus cuatro asistidos y que esas manifestaciones sean excluidas de la investigación.

El planteo fue presentado ante el Juzgado de Garantías N° 4 de La Plata, a cargo de Juan Pablo Masi, y además adhiere y amplía los argumentos de la nulidad que había presentado previamente el abogado Cristian González en representación de la enfermera Raquel Noemí Boccardo.

El eje del planteo es concreto: la defensa sostiene que a los imputados se les comunicaron los delitos que se investigan y el grado de participación que se les atribuye, pero no se les describió de manera individual qué conducta concreta habría realizado cada uno.

¿Qué cuestiona la defensa?

Según surge del escrito, Jesser plantea la nulidad de las declaraciones recibidas bajo los artículos 308 y 317 del Código Procesal Penal bonaerense. La primera declaración se produjo después de las detenciones. Las otras cuatro audiencias se realizaron entre el 15 y el 18 de septiembre, cuando los cuatro penitenciarios decidieron declarar.

La justicia de La Plata investiga qué ocurrió en la Unidad Penal 51 ubicada en la localidad de Magdalena.

La defensa sostiene que en esas audiencias se informó a los imputados que estaban acusados de tortura, abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público, además de comunicarles el grado de intervención que la fiscalía les atribuía. Pero, según Jesser, faltó lo fundamental: la descripción individualizada del hecho.

El abogado sostiene que las actas consignan la calificación legal, el grado de participación y una remisión a la documentación incorporada al expediente, pero no detallan qué hizo cada imputado, contra quién, cuándo ni de qué manera esa conducta habría constituido un delito.

La defensa había advertido esta cuestión antes de las audiencias. El 11 de septiembre había solicitado que a cada uno de sus asistidos se le comunicara en forma individual y circunstanciada qué conducta se les atribuía.

En particular, había planteado interrogantes sobre qué acto se atribuía a Oroná e Iguarán respecto de una de las víctimas, qué conducta se le reprochaba a Iguarán respecto de otra, qué se le atribuía a Ortiz y cuál habría sido concretamente la intervención de Juanena en el lugar de los hechos. Según el escrito, la fiscalía mantuvo el mismo esquema durante las audiencias posteriores.

Gastón Jesser, abogado a cargo de la defensa de cuatro de los 15 penitenciarios detenidos.

La defensa sostiene que tuvieron que "adivinar" el cargo

Uno de los argumentos centrales de Jesser es que no alcanza con decirle a una persona que es "partícipe necesario de tortura" o que tiene determinado grado de participación en un abuso sexual. Para la defensa, esos son calificativos jurídicos, pero no describen por sí mismos una conducta.

El planteo sostiene que una persona imputada debe saber qué acción u omisión concreta le atribuye la acusación para poder defenderse de ella. De lo contrario, sostiene Jesser, el imputado queda obligado a reconstruir por su cuenta qué es exactamente lo que la fiscalía considera delictivo.

El escrito incluso señala que las preguntas formuladas posteriormente por la fiscalía durante las declaraciones demostrarían, según la defensa, que todavía se estaba intentando reconstruir cuál había sido la intervención concreta de cada uno.

Por ejemplo, a Iguarán se le preguntó si había estado presente en determinados sectores y si había presenciado determinadas situaciones; a Juanena, qué había observado y quiénes se encontraban en determinados lugares; y a Ortiz, cuestiones relacionadas con procedimientos realizados durante los hechos investigados.

Para Jesser, esas respuestas no pueden utilizarse para completar después una acusación que no habría sido explicada previamente.

Álvaro Garganta, fiscal de La Plata a cargo de la investigación.

También cuestionan la situación de Juanena

Uno de los casos que la defensa pretende poner especialmente bajo la lupa es el de Juan Antonio Juanena. Tal como ya había planteado su abogado, Juanena habría permanecido apenas 40 segundos en uno de los sectores donde se investigan los hechos.

Ahora Jesser vuelve sobre esa situación al reclamar que la fiscalía precise cuál fue el aporte concreto que se le atribuye y por qué esa presencia podría constituir una participación necesaria en los delitos investigados.

La defensa sostiene que la mera presencia, la pertenencia al Servicio Penitenciario Bonaerense o la cercanía con otros agentes no permiten, por sí solas, concluir que una persona conocía y quería colaborar con un delito.

En ese sentido, el escrito cita un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conocido como "Tommasi", para argumentar que la responsabilidad penal debe apoyarse en hechos y conductas concretas y no en presunciones derivadas de una posición, una relación o una presencia.

La nulidad también alcanza a Boccardo

El planteo tiene otro dato importante: Jesser adhirió expresamente a la nulidad presentada por Cristian González en representación de Raquel Noemí Boccardo.

La enfermera había cuestionado previamente la falta de una descripción precisa de la conducta que se le atribuía y reclamado que se anularan las actuaciones que habían llevado a su detención y que se dispusiera su libertad. Ahora, la defensa de Oroná, Iguarán, Juanena y Ortiz sostiene el mismo argumento y lo amplía.

Jesser pidió que, si se hace lugar a la nulidad, también sean excluidas las respuestas que sus defendidos brindaron durante las audiencias y que esas declaraciones no puedan ser utilizadas para sostener medidas de coerción ni para completar posteriormente la imputación.

También solicitó que cualquier nueva declaración sea tomada después de que la fiscalía formule una plataforma fáctica individual, en la que quede claramente establecido qué acción u omisión se atribuye a cada imputado respecto de cada delito y de cada víctima.

Una causa en La Plata que investiga hechos de extrema gravedad

La causa comenzó a partir de las denuncias de cinco mujeres privadas de la libertad que señalaron haber sufrido graves agresiones durante un operativo realizado el 3 de junio de 2026 en la Unidad 51 de Magdalena.

Los testimonios relevados por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) describieron golpes, utilización de gas pimienta, esposamientos, desnudez forzada, privación de agua y alimentos y abusos sexuales.

La situación se agravó dos días después, cuando las detenidas realizaron una protesta para denunciar lo ocurrido y fueron reprimidas.

La investigación está a cargo del fiscal Álvaro Garganta, titular de la UFI N° 11 de La Plata, y alcanzó a 15 penitenciarios, entre autoridades de la unidad, integrantes del Grupo de Intervención ante Emergencias (GIE) y personal de sanidad.

Los imputados son Daiana Belén Balmaceda, María Belén Toledo, Daiana Ayelén Villafañe, Antonela Belén Cingolani, Agustina Ailén Oroná, Florencia Anahí Ortiz, Raquel Noemí Boccardo, Gisela Mailín Iguarán, Carlos Miguel Tocci, Juan Manuel Villena, Miguel Ángel Eduardo Villotta, Facundo Sebastián Medina, Lucas Germán Dama, Carlos Alberto Salice y Juan Antonio Juanena.

Las defensas están a cargo de Gastón Jesser, Cristian González, César Albarracín, Darío Saldaño y Julio Beley.

El nuevo planteo no resuelve la responsabilidad de los acusados ni determina qué ocurrió dentro de la Unidad 51. Lo que ahora deberá resolver el juez Masi es si las declaraciones cuestionadas cumplieron con las garantías procesales exigidas y, eventualmente, si corresponde excluirlas de la investigación y revisar las medidas de coerción que se apoyen en ellas.

Mientras tanto, la fiscalía continúa con la investigación para determinar qué ocurrió durante aquel operativo y, especialmente, qué conducta concreta corresponde atribuirle a cada uno de los 15 imputados.

Te puede interesar

En Vivo