El DNU 340/25 publicado por el gobierno de Javier Milei impone nuevas restricciones al derecho de huelga al ampliar los servicios esenciales y sumar actividades "trascendentales". Abogados laboralistas de La Plata y gremios ya anticiparon un fuerte rechazo, en sintonía con el fallo que declaró inconstitucional una medida similar en 2023.
El nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, publicado en el Boletín Oficial, generó un amplio rechazo entre abogados laboralistas de La Plata y gremios sindicales. La norma vuelve a avanzar sobre el derecho de huelga con una estrategia similar a la del cuestionado DNU 70/23, dictado al inicio del mandato de Javier Milei y luego declarado inconstitucional por la Justicia.
El eje del decreto está en la redefinición de los servicios esenciales, estableciendo nuevas condiciones para el ejercicio del derecho a paro. Además, introduce la categoría de “actividades de importancia trascendental”, que también deberán garantizar prestaciones mínimas durante una huelga. La medida fue presentada en el marco del Régimen de Excepción para la Marina Mercante, aunque incluye modificaciones clave al régimen de convenios colectivos de la Ley 25.877.
Según establece el decreto, en los servicios esenciales deberá garantizarse una cobertura del 75% durante las huelgas, mientras que en las actividades trascendentales esa cobertura mínima será del 50%. En la práctica, esto implica una restricción severa al alcance de las medidas de fuerza en amplios sectores productivos y de servicios.
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La CGT prometió dar batalla en tribunales para anular los efectos del DNU de Javier Milei.
Actividades trascendentales
- Producción de medicamentos
- Transporte terrestre y subterráneo
- Industrias de producción continua como siderurgia, química y cemento
- Industria alimenticia y agropecuaria
- Logística, minería, frigoríficos, servicios aeroportuarios y construcción
- Servicios bancarios, hoteleros, comercio electrónico y actividades ligadas a exportaciones
Además, se crea una Comisión de Garantías, un ente independiente con facultades para clasificar nuevas actividades como esenciales o trascendentales si su interrupción “pone en riesgo la vida, la seguridad o la economía”.
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Gastón Valente titular de la asociación de abogados laboralistas de La Plata.
Laboralistas de La Plata
Desde la Asociación de Abogados Laboralistas de La Plata, su presidente Gastón Valente en diálogo con 0221.com.ar fue contundente al calificar la medida como “una aberración” y denunció que el Ejecutivo vuelve a modificar por decreto una norma que solo puede ser alterada por ley o por la Comisión de Garantías, tal como lo establece el marco legal vigente. “No hay necesidad ni urgencia, es exactamente lo mismo que ya se hizo con el DNU 70/23 y la Justicia lo declaró inconstitucional”, remarcó.
Por su parte, los sindicatos ya analizan una posible acción colectiva para frenar lo que consideran un nuevo ataque a los derechos laborales consagrados en la legislación argentina.