Apartaron a las camaristas Oyhamburu y Rezzónico de La Plata y aumenta la tensión en el fuero Penal

La Cámara Penal de La Plata hizo lugar a la recusación en una causa por usurpación, atravesada por denuncias cruzadas y cuestionamientos a la imparcialidad.

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata resolvió apartar a las juezas María Silvia Oyhamburu y María Sofía Rezzónico Bernard de una causa vinculada con la disputa por un inmueble en City Bell.

La decisión se tomó en el expediente por usurpación, luego de que la defensa de una familia acusada de usurpación recusara a las magistradas que habían ordenado el desalojo de terrenos pertenecientes a un proyecto de urbanización denominado Clementina II en la mencionada localidad de la zona norte del Gran La Plata..

El pronunciamiento fue dictado por la Sala I, con los votos de Carina Gil, Laura Lasaga y Miriam Ermili. Por unanimidad, el tribunal aceptó la excusación presentada por las dos camaristas y, por mayoría, también hizo lugar a la recusación promovida por el defensor particular Joaquín Pelitti.

La recusación y las denuncias cruzadas en La Plata

El planteo de la defensa se presentó en la queja por apelación denegada. El abogado de Luis Leopoldo Carrizo, Gonzalo Ezequiel Carrizo y Matías Emanuel Carrizo sostuvo que la imparcialidad de las juezas podía verse comprometida porque ambas habían intervenido previamente en una resolución que dispuso la restitución provisoria del inmueble.

Entre los argumentos, la defensa mencionó las objeciones formuladas por el juez de Garantías respecto de la ejecución de esa medida, los informes informáticos relacionados con la conformación de los votos y las denuncias por mal desempeño contra las camaristas, posteriormente ampliadas por la posible comisión del delito de prevaricato.

También incorporó la denuncia formulada por el entonces camarista Raúl Dalto, quien integró la Sala I junto con Oyhamburu y Rezzónico Bernard y cuestionó aspectos vinculados con la elaboración de los votos en aquella resolución.

El fuero Penal de La Plata se ve atravesado por un escándalo judicial con denuncias entre magistrados.

La presentación incluyó, además, señalamientos sobre un posible tráfico de influencias, a partir de supuestas coincidencias argumentales entre un escrito presentado para ejecutar la restitución y fundamentos utilizados por las magistradas. Esa hipótesis fue rechazada por las juezas, que sostuvieron que las coincidencias no demostraban comunicaciones ni influencias indebidas.

Los fundamentos del apartamiento

Al explicar su decisión, las magistradas manifestaron que las denuncias, los planteos de enjuiciamiento, la exposición mediática y los señalamientos públicos afectaban su ánimo y les impedían mantener la objetividad necesaria para continuar interviniendo.

La jueza Carina Gil consideró que la excusación excedía una cuestión de delicadeza personal y que, en las circunstancias particulares del expediente, existían razones suficientes para aceptar el apartamiento. También recordó que la excusación no puede convertirse en un mecanismo para desplazar arbitrariamente a los jueces naturales.

Por su parte, Laura Lasaga sostuvo que los motivos de la recusación y de la excusación estaban estrechamente relacionados. En su voto, señaló que el conflicto entre los integrantes de la Sala I había trascendido el ámbito interno del tribunal y repercutido en distintos trámites de la causa.

La magistrada aclaró que el apartamiento no implica emitir un juicio sobre la veracidad de las acusaciones contra Oyhamburu y Rezzónico Bernard, sino reconocer la entidad de la situación y su impacto sobre la garantía de imparcialidad.

La resolución se suma a un escenario de creciente tensión institucional en el fuero Penal de La Plata, donde las denuncias cruzadas entre Dalto y sus excolegas se entrelazan con el expediente por tierras de City Bell. Con el apartamiento de las dos camaristas, la causa deberá continuar con una nueva integración del tribunal.

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