La Provincia y las distribuidoras EDEN, EDEA, EDES y EDELAP apelaron ante la Justicia la cautelar que frenó los últimos aumentos de las tarifas de la luz. Los recursos fueron concedidos por el juez Agustín López Cóppola y serán analizados por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata.
La medida había sido impulsada por la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires y uno de los fundamentos centrales del fallo fue la falta de una instancia previa de participación de los usuarios. Posteriormente, ante un pedido de aclaración del organismo, la Justicia determinó que la cautelar también alcanzaba a las cooperativas eléctricas bajo jurisdicción provincial y municipal.
La Provincia y las distribuidoras apelaron la cautelar que frenó los últimos aumentos en las tarifas de luz
Ahora, la Fiscalía de Estado bonaerense y las cuatro grandes distribuidoras recurrieron la decisión. Las empresas reclamaron además que, al menos mientras se resuelve la cuestión, la apelación tenga efecto suspensivo. El objetivo de los recursos es que la Cámara revoque la cautelar o, subsidiariamente, suspenda sus efectos durante la tramitación.
Los argumentos de la Provincia para apelar el fallo
Uno de los principales cuestionamientos de la Provincia apunta al requisito de realizar una audiencia pública antes de cada actualización. La Fiscalía de Estado sostiene que la cautelar confundió el régimen ordinario de Revisión Tarifaria Integral (RTI) con la denominada "Etapa de Transición Tarifaria", creada durante la emergencia económica provincial y prorrogada hasta el 31 de marzo de 2027.
El esquema de RTI fue aprobado en 2017 para el período 2017-2022 y contemplaba actualizaciones para reflejar la evolución de los costos propios de distribución, conocidos como Valor Agregado de Distribución (VAD). Ese mecanismo quedó suspendido tras la emergencia económica, sanitaria y energética declarada a fines de 2019 y el posterior congelamiento tarifario. En marzo de 2021, la Resolución N°439/2021 estableció la Etapa de Transición Tarifaria. Sobre esa base, el Gobierno bonaerense argumenta que los incrementos cuestionados no representan una nueva revisión integral sino actualizaciones dentro de un régimen transitorio vigente y que, según su interpretación, no requieren convocar una audiencia pública antes de cada modificación.
La Provincia también cuestionó que el fallo tomara como antecedentes los casos "CEPIS", de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y "Negrelli", de la Suprema Corte bonaerense. La Fiscalía considera que esos precedentes no pueden trasladarse automáticamente al caso porque la normativa provincial contempla expresamente el esquema de transición tarifaria.
EDEN, EDEA, EDES y EDELAP cuestionaron cómo deberían aplicar las tarifas
Las cuatro distribuidoras, entre ellas EDELAP, que presta el servicio eléctrico en La Plata y la región, plantearon además dificultades operativas para cumplir con la cautelar. Según argumentaron, no tienen facultades para elaborar por su cuenta un nuevo cuadro tarifario y solo pueden aplicar aquellos aprobados formalmente por el Ministerio de Infraestructura, con intervención de Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA).
El cuestionamiento surge porque el fallo dispuso volver al cuadro anterior para los componentes provinciales mientras permanecen vigentes los precios nacionales correspondientes a energía, potencia y transporte. Las compañías sostienen que el resultado sería un esquema tarifario "híbrido" que no fue aprobado por la autoridad competente y que, según sus presentaciones, resulta de difícil o imposible aplicación.
El Gobierno bonaerense cuestionó la exigencia de realizar una audiencia pública antes de cada actualización de las tarifas eléctricas
Las empresas también remarcaron que la Resolución N°585/2026 fue posteriormente reemplazada por la Resolución N°682/2026. Con ese argumento cuestionaron que los efectos de la cautelar terminen alcanzando un acto administrativo posterior que, según señalaron, no había sido específicamente impugnado en la demanda original.
Provincia y distribuidoras objetaron además que la resolución judicial impida aplicar futuros cuadros tarifarios sin una instancia previa de participación de los usuarios. Las compañías cuestionaron, a su vez, que sus efectos alcancen a usuarios comerciales e industriales cuando sostienen que la representación invocada originalmente correspondía a usuarios residenciales y de Tarifa Social.
El impacto financiero de la medida
Otro de los ejes de las apelaciones es el eventual impacto económico de mantener vigente el cuadro tarifario anterior. La Fiscalía de Estado sostiene que el esquema resultante no contempla el traslado de los precios mayoristas de energía, potencia y transporte establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación para agosto de 2026 ni el ajuste correspondiente al VAD. Según el planteo provincial, esa diferencia podría afectar los recursos disponibles para afrontar gastos de mantenimiento, inversiones y obligaciones laborales. Las distribuidoras sumaron que una reducción en el flujo de fondos podría repercutir sobre los acuerdos de regularización de deuda que mantienen con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (Cammesa) desde 2025.
Las distribuidoras eléctricas plantearon ante la Justicia el posible impacto financiero de mantener el cuadro tarifario anterior
De acuerdo con los argumentos presentados por EDEN, EDEA, EDES y EDELAP, esos convenios están respaldados por mecanismos de garantía sobre sus cuentas recaudadoras. Las compañías sostienen que un eventual incumplimiento podría activar mecanismos de cobro sobre esas cuentas, con consecuencias sobre el pago de salarios, el funcionamiento cotidiano y la prestación del servicio.
Con los recursos concedidos por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca, la discusión pasará ahora a la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, que deberá resolver los planteos contra la cautelar que frenó los aumentos.