La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamentó la exención del Impuesto Automotor para las empresas de micros urbanos y suburbanos durante 2026. El beneficio se aplicará mediante un procedimiento coordinado con el Ministerio de Transporte bonaerense.
La medida establece cómo se identificarán las unidades alcanzadas por la exención prevista en el artículo 183 de la Ley Impositiva 2026. Para eso, el Ministerio de Transporte deberá remitir mensualmente al organismo recaudador los datos de las empresas prestatarias y los vehículos afectados al servicio.
De acuerdo con la resolución normativa publicada en el Boletín Oficial, el relevamiento deberá contener el dominio de cada colectivo, el CUIT de las empresas titulares o adquirentes y la fecha de incorporación de cada unidad a la prestación del servicio.
ARBA reglamentó el beneficio impositivo que alcanzará a los colectivos urbanos y suburbanos de jurisdicción provincial durante 2026.
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Una vez recibida esa información, ARBA tendrá a su cargo el análisis de los registros y la emisión de los actos administrativos necesarios para reconocer o rechazar el beneficio impositivo.
¿Cómo se aplicará la exención de ARBA a las empresas de micros?
Uno de los aspectos centrales de la reglamentación es que las empresas no deberán iniciar gestiones individuales ante ARBA para acceder a la exención. El procedimiento se realizará exclusivamente a partir de los datos que proporcione el Ministerio de Transporte provincial.
El intercambio de información se concretará a través de una plataforma habilitada en el sitio oficial del organismo recaudador. De esta manera, la administración bonaerense podrá verificar qué empresas y vehículos cumplen con las condiciones establecidas por la normativa.
Las empresas de colectivos bonaerenses accederán a la exención del Impuesto Automotor sin realizar trámites individuales ante ARBA
Por otra parte, la resolución contempla los casos en los que un mismo micro tenga varios responsables del pago del Impuesto Automotor. En esas situaciones, el beneficio alcanzará únicamente a quienes reúnan los requisitos legales y en la proporción que les corresponda.
¿Desde cuándo rige el beneficio impositivo para el transporte público?
Respecto de la vigencia, ARBA estableció que los vehículos incorporados al servicio antes del 1° de enero de 2026 tendrán reconocida la exención desde el comienzo de ese año.
Además, cualquier cambio posterior en la afectación de las unidades al transporte público deberá ser comunicado por el Ministerio de Transporte. Esa actualización permitirá determinar si corresponde mantener el beneficio o disponer su finalización.
La reglamentación busca establecer un mecanismo de control y actualización de los vehículos alcanzados por la exención, sin que las empresas prestatarias deban realizar solicitudes particulares ante el organismo provincial.