El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores rechazó el pedido de excarcelación de Lucas Pertossi, uno de los rugbiers condenados a la pena de 15 años de prisión y detenido en La Plata por ser partícipe necesario en el crimen de Fernando Báez Sosa.
Ante este planteo, la fiscalía de juicio N° 8, representada por Juan Manuel Dávila, manifestó su “oposición a que se haga lugar” por considerar a la medida “como una forma de adelanto de pena” y destacó que se realizó el juicio oral en tiempo y forma y que la sentencia fue confirmada por el Tribunal de Casación Penal y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Lucas Pertossi
Lucas Pertossi, el detenido en La Plata acusado como partícipe necesario en la muerte de Fernando Báez Sosa
Además, destacaron que se había “rechazado el Recurso Extraordinario Federal”, por lo que sólo resta “la resolución de la queja presentada" y esto permite garantizar el doble conforme requerido”.
Cabe recordar que Báez Sosa fue asesinado en Villa Gesell en la madrugada del 18 de enero de 2020 en medio de un ataque a puñetazos y patadas por parte de un grupo de jóvenes—en su mayoría jugadores de rugby— a la salida de un local bailable en la vía pública.
Además de Lucas Pertossi, quien recibió 15 años de pena, recibieron perpetua otros siete imputados que están detenidos en una cárcel de Melchor Romero. So n Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y LucianoPertossi, quienes recibieron máxima pena por el delito de homicidio doblemente agravado por su comisión por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas en concurso ideal con lesiones leves; y Ayrton Viollaz y BlasCinalli, con penas de 15 años como partícipes secundarios del mismo delito.
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Fernando Báez Sosa
Asimismo, la fiscalía apuntó:“Estamos ante un hecho gravísimo con penas de prisión perpetua en algunos casos y de quince años en otros -como el supuesto de Lucas Fidel Pertosi-, por lo que debe analizarse el mismo en su contexto y no de manera aislada”.
El contrapunto tras el rechazo al pedido de uno de los rugbiers
Según el escrito, “no se dan las condiciones para otorgar el beneficio requerido”, mientras que el letrado que representa a los particulares damnificados, el platense Fabián Améndola, destacó: “El plazo razonable no se define por parámetros rígidos o cronológicos, sino por una evaluación integral de las circunstancias del caso, entre ellas la complejidad del proceso, la conducta de las partes y la actividad de las autoridades judiciales”.
Fabián Améndola
El abogado Fabián Améndola, representante de la familia de Fernando Báez Sosa
Ignacio Amiconi | AGLP
No obstante, un punto fundamental consideró que la “causa implica un nivel de complejidad excepcional”, entre otros factores, por “la pluralidad de imputados, la multiplicidad de defensas técnicas y el volumen probatorio producido”.
El texto asumió que “si bien es cierto que el riesgo de entorpecimiento probatorio perdió relevancia”, esto “no agota el análisis de los presupuestos cautelares y que el riesgo de fuga no sólo subsiste, sino que se encuentra notablemente intensificado a partir del dictado de una sentencia condenatoria por un delito de extrema gravedad”.