En La Plata hubo récord de inscriptos para el nuevo sorteo de Lotes con Servicios en el marco del programa Procrear II que se realizará el próximo 21 de septiembre, las inscripciones sin embargo continúan abiertas y no son pocos los que analizan la oportunidad de anotarse para ser incluidos en el reparto que se hará de los terrenos ubicados en la localidad de San Carlos.
Según se adelantó, todos los lotes cuentan con servicios y están ubicados dentro del cuadrante que se forma entre calles 151 y 155 y 528 y 531. El programa permite a los ciudadanos acceder a un crédito hipotecario para la compra de esas tierras y en La Plata se inscribieron 5.328 personas, informó a 0221.com.ar el secretario de Desarrollo Territorial de la Nación, Luciano Scatolini, y agregó que "es ciudad récord del país, incluso duplicó a otras ciudades como Mar del Plata".
El proceso de inscripción cuenta con dos modalidades: una para aspirantes que tengan entre 18 y 35 años inclusive y otra para mayores de 35. Sin embargo, en ambos casos los requisitos generales son los mismos aunque cada postulante deberá leer las bases y condiciones. Los pagos del lote se realizan en cuotas a tasa fija y con un periodo de hasta 30 años.
¿CÓMO SERÁ LA FINANCIACIÓN?
El valor de los lotes es de 3 millones de pesos y el crédito se amortizará en dos etapas. Durante los primeros 6 meses del crédito, el pago será de un porcentaje del precio del lote en cuotas fijas en pesos. El porcentaje puede variar entre el 6 y el 25% del valor total, según el tramo al que pertenezca el beneficiario (ingresos de los solicitantes y cónyuges o pareja convivientes).
El saldo restante del crédito será otorgado en pesos, a tasa 0% mediante ajuste de capital por coeficiente Casa Propia. La cantidad de cuotas pendientes varía entre 125 y 360, según el tramo al que pertenezca el beneficiario.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
En el caso particular de las líneas de lotes con servicios, los participantes deberán completar el formulario de inscripción y al momento de hacerlo podrán incluir sólo un cotitular. Quienes tengan estado civil casado, su cónyuge será considerado cotitular automáticamente. El titular y el cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.
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Matrimonio.
Unión convivencial.
Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el titular y cotitular.
En cualquier caso, si luego de la inscripción tuviese lugar la ruptura del vínculo deberán declararlo en el formulario de inscripción y operará la inhabilitación tanto para el titular como para el cotitular para acceder al crédito con dicha inscripción, debiéndose inscribir en un nuevo sorteo si existiese esta posibilidad a disposición.
El programa también tiene requisitos generales que corren para todas las modalidades:
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Ser argentino, natural o por opción, o extranjero con residencia permanente mayor a cinco (5) años.
Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.
El grupo familiar deberá contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos del grupo familiar, en forma mensual netos, deberán estar en el rango de uno y medio (1,5) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripción.
Tener entre dieciocho (18) y treinta y cinco (35) años de edad al momento de la inscripción o más de 36 según corresponda.
No tener bienes inmuebles registrados a nombre del solicitante o cualquier miembro de su grupo familiar, ni como propietarios ni como copropietarios al momento de iniciar el trámite, salvo las excepciones enumeradas en el punto 11.6.
No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos doce (12) meses.
Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA, en los últimos doce meses.
Registrar, como mínimo, doce (12) meses de antigüedad en la actividad (empleados e independientes). En el caso de independientes, la antigüedad se considera desde la fecha de inscripción en el correspondiente régimen. A los efectos de computar la continuidad de la antigüedad laboral, se considerará la fecha de ingreso al empleo anterior siempre que entre la fecha de ingreso al empleo actual y la fecha de egreso anterior no hayan transcurridos más de sesenta 60 días corridos y tenga en el empleo actual al menos tres (3) meses de antigüedad.
Para independientes, la antigüedad laboral se establecerá considerando la fecha de inscripción al régimen de Monotributo o Ganancias, según corresponda; y, del mismo modo, se considera la continuidad laboral de empleados públicos que hayan pasado de una modalidad de contratación (siendo monotributista) a relación de dependencia o viceversa, durante el último año.