A través de la Disposición N° 3275/2023, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva al que calificaron como "ilegal". La decisión fue publicada este jueves en el Boletín Oficial, firmada por el titular del organismo de control, Manuel Limeres. Ya son dos las marcas de este producto que debido a irregularidades, fueron prohibidas por el organismo.
El producto prohibido por el organismo es el "Aceite de oliva marca Finca Terranova, Elaborado y Envasado, RNE: 13003564e - RNPA: 0251 13023645, Mendoza - Argentina", en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, como consecuencia de "carecer de registro de establecimiento y de producto y por estar falsamente rotulado".
A partir del reclamo de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), quien denunció que el producto no cumplía con la normativa vigente, se inició una investigación.
A través del Sistema Federal de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), el INAL realizó las Consultas Federales al Departamento de Higiene de Alimentos de la provincia de Mendoza, quien indicó que tanto el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el número de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) exhibidos en el rótulo, eran inexistentes.
Por tratarse de un producto que "no puede ser identificado de forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”, no se puede garantizar su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con "adecuados niveles de control" bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, se lo consideró un artículo "ilegal".
Por tanto, "a fin de proteger la salud de los ciudadanos", el organismo prohibió elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país. Este producto se suma a el "Aceite de Oliva marca Colonial , también prohibido por la ANMAT a mediados del mes de abril por la Disposición N° 2665/2023 por "carecer de registro de establecimiento y de producto y por estar falsamente rotulado".